Estrategia para una nueva industrialización
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simultáneamente hablamos de <strong>una</strong> tarifa efectiva<br />
de tributación superior al 70%. En Colombia<br />
nos encontramos con <strong>una</strong> presión tributaria<br />
del orden del 18%. Y los contribuyentes son solamente<br />
2.141.000, de los cuales 3.441 son grandes<br />
contribuyentes, quienes aportan el 68% del<br />
recaudo del impuesto de renta y patrimonio.<br />
Para ampliar la base gravable se podría pensar<br />
propuestas como:<br />
1. Ampliar el universo de quienes estarían obligados<br />
a tributar, incluyendo un esquema de<br />
tarifas donde personas y empresas con menor<br />
capacidad de pago estén obligados a pagar<br />
<strong>una</strong> tarifa única similar al monotributo que<br />
existe en varios países y que agrupa los impuestos<br />
territoriales, el impuesto de renta y las contribuciones<br />
<strong>para</strong>fiscales y los aportes obligatorios<br />
a la seguridad social.<br />
2. Ampliar la base (los que pagan) con mecanismos<br />
que permitan atraer más contribuyentes<br />
mejorando la información en medios magnéticos,<br />
implementando la factura electrónica<br />
y fortaleciendo las áreas de fiscalización de la<br />
DIAN.<br />
En impuesto de renta<br />
Al analizar el impuesto de renta en Colombia,<br />
usualmente se hace referencia a las altas tarifas,<br />
tanto nominales como efectivas. En cuanto<br />
al impuesto de renta, la ANDI considera necesaria<br />
<strong>una</strong> disminución sustancial de la tarifa<br />
<strong>para</strong> las empresas, un mayor número de acuerdos<br />
<strong>para</strong> evitar la doble tributación y <strong>una</strong> mayor<br />
estabilidad y más claridad sobre lo deducible y<br />
lo no deducible, pues la mayor parte de los litigios<br />
que hoy se tienen con la DIAN, nacen de la<br />
discusión sobre la necesidad, causalidad y proporcionalidad<br />
de los costos y gastos en los que<br />
incurre el contribuyente.<br />
Otro gran problema que enfrentan las empresas<br />
son los altos saldos a favor, originados en<br />
las declaraciones de renta provenientes de la<br />
alta retención en la fuente, tema sobre el cual<br />
la ANDI ha venido insistiendo. Así lo evidencian<br />
el monto de los saldos a favor del orden de $6<br />
billones en 2013 y los resultados preliminares<br />
de <strong>una</strong> encuesta de la ANDI donde, en promedio,<br />
las retenciones sobrepasan en cerca de 6<br />
puntos porcentuales los impuestos de renta a<br />
cargo, generando mayores costos financieros y<br />
restando capital de trabajo al sector productivo<br />
colombiano.<br />
Es necesario definir en la próxima reforma estructural<br />
qué sucederá con la vigencia de las<br />
NIIF <strong>para</strong> efectos tributarios, toda vez que<br />
hasta el año gravable 2018 (y 2019 <strong>para</strong> las empresas<br />
del grupo II), las remisiones tributarias<br />
a las normas contables se siguen rigiendo por<br />
el Decreto 2649 y no por las NIIF. Por tanto, la<br />
definición de la base gravable en renta es indispensable,<br />
y <strong>para</strong> ello proponemos tomar lo<br />
mejor del estatuto tributario, el decreto 2649 y<br />
las normas internacionales, eliminando todas<br />
aquellas que generan subjetividad como sucede<br />
con el valor razonable.<br />
Otro tributo que nos preocupa significativamente<br />
es el impuesto al patrimonio, que ha sido<br />
utilizado en el país <strong>para</strong> financiar gastos extraordinarios.<br />
De ahí que siempre se haya propuesto<br />
como <strong>una</strong> medida transitoria. Sin duda,<br />
este impuesto desincentiva la inversión y va en<br />
contravía de la generación de riqueza; por ello<br />
consideramos como <strong>una</strong> buena señal que en la<br />
reforma tributaria de 2014 se haya establecido<br />
<strong>una</strong> desaparición gradual del mismo hasta su<br />
desaparición en 2018.<br />
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