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Estrategia para una nueva industrialización

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simultáneamente hablamos de <strong>una</strong> tarifa efectiva<br />

de tributación superior al 70%. En Colombia<br />

nos encontramos con <strong>una</strong> presión tributaria<br />

del orden del 18%. Y los contribuyentes son solamente<br />

2.141.000, de los cuales 3.441 son grandes<br />

contribuyentes, quienes aportan el 68% del<br />

recaudo del impuesto de renta y patrimonio.<br />

Para ampliar la base gravable se podría pensar<br />

propuestas como:<br />

1. Ampliar el universo de quienes estarían obligados<br />

a tributar, incluyendo un esquema de<br />

tarifas donde personas y empresas con menor<br />

capacidad de pago estén obligados a pagar<br />

<strong>una</strong> tarifa única similar al monotributo que<br />

existe en varios países y que agrupa los impuestos<br />

territoriales, el impuesto de renta y las contribuciones<br />

<strong>para</strong>fiscales y los aportes obligatorios<br />

a la seguridad social.<br />

2. Ampliar la base (los que pagan) con mecanismos<br />

que permitan atraer más contribuyentes<br />

mejorando la información en medios magnéticos,<br />

implementando la factura electrónica<br />

y fortaleciendo las áreas de fiscalización de la<br />

DIAN.<br />

En impuesto de renta<br />

Al analizar el impuesto de renta en Colombia,<br />

usualmente se hace referencia a las altas tarifas,<br />

tanto nominales como efectivas. En cuanto<br />

al impuesto de renta, la ANDI considera necesaria<br />

<strong>una</strong> disminución sustancial de la tarifa<br />

<strong>para</strong> las empresas, un mayor número de acuerdos<br />

<strong>para</strong> evitar la doble tributación y <strong>una</strong> mayor<br />

estabilidad y más claridad sobre lo deducible y<br />

lo no deducible, pues la mayor parte de los litigios<br />

que hoy se tienen con la DIAN, nacen de la<br />

discusión sobre la necesidad, causalidad y proporcionalidad<br />

de los costos y gastos en los que<br />

incurre el contribuyente.<br />

Otro gran problema que enfrentan las empresas<br />

son los altos saldos a favor, originados en<br />

las declaraciones de renta provenientes de la<br />

alta retención en la fuente, tema sobre el cual<br />

la ANDI ha venido insistiendo. Así lo evidencian<br />

el monto de los saldos a favor del orden de $6<br />

billones en 2013 y los resultados preliminares<br />

de <strong>una</strong> encuesta de la ANDI donde, en promedio,<br />

las retenciones sobrepasan en cerca de 6<br />

puntos porcentuales los impuestos de renta a<br />

cargo, generando mayores costos financieros y<br />

restando capital de trabajo al sector productivo<br />

colombiano.<br />

Es necesario definir en la próxima reforma estructural<br />

qué sucederá con la vigencia de las<br />

NIIF <strong>para</strong> efectos tributarios, toda vez que<br />

hasta el año gravable 2018 (y 2019 <strong>para</strong> las empresas<br />

del grupo II), las remisiones tributarias<br />

a las normas contables se siguen rigiendo por<br />

el Decreto 2649 y no por las NIIF. Por tanto, la<br />

definición de la base gravable en renta es indispensable,<br />

y <strong>para</strong> ello proponemos tomar lo<br />

mejor del estatuto tributario, el decreto 2649 y<br />

las normas internacionales, eliminando todas<br />

aquellas que generan subjetividad como sucede<br />

con el valor razonable.<br />

Otro tributo que nos preocupa significativamente<br />

es el impuesto al patrimonio, que ha sido<br />

utilizado en el país <strong>para</strong> financiar gastos extraordinarios.<br />

De ahí que siempre se haya propuesto<br />

como <strong>una</strong> medida transitoria. Sin duda,<br />

este impuesto desincentiva la inversión y va en<br />

contravía de la generación de riqueza; por ello<br />

consideramos como <strong>una</strong> buena señal que en la<br />

reforma tributaria de 2014 se haya establecido<br />

<strong>una</strong> desaparición gradual del mismo hasta su<br />

desaparición en 2018.<br />

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