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Estrategia para una nueva industrialización

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COSTOS LABORALES ASOCIADOS<br />

AL SALARIO MÍNIMO<br />

Fuente: Ministerio de trabajo<br />

RUBROS %<br />

A CARGO<br />

DEL EMPLEADOR<br />

Salario Mínimo Legal (2015) 100% 644.350<br />

+ Subsidio de transporte - 74.000<br />

Salario Mínimo Legal mas subsidio de transporte 718.350<br />

+ Contribución al sistema general de pensiones empleador 12,0% 77.322<br />

+ Contribución al sistema general de riesgos laborales** 3,0% 19.331<br />

+ Parafiscales: Cajas de compensación familiar 4,0% 25.774<br />

Costo total mensual (salario más seguridad social) 840.777<br />

Carga prestacional (mensual)<br />

+ Total Anual Prima de Servicios (1/2 salario cada semestre) 59.863<br />

+ Total Anual Cesantías ( 1 salario ) 59.863<br />

+ Intereses sobre las cesantias (12% anual) 7.184<br />

+ Vacaciones remuneradas (15 días) 26.848<br />

+ Calzado y vestido de labor (3 dotaciones al año) 50.285<br />

Total Carga prestacional 204.041<br />

/12 = TOTAL MENSUAL 1.044.817<br />

CARGA PRESTACIONAL TOTAL (%) 62,2%<br />

CARGA PRESTACIONAL SIN SUBSIDIO DE TRANSPORTE(%) 50,7%<br />

** Promedio entre las diferentes clase de riesgo.<br />

*Es el total, sin incluir otras cargas que dependen de factores variables: aprendices del SENA, dos días en incapacidad en salud a<br />

cargo del empresario, reubicaciones laborales por enfermedad o accidente laboral; periodos de carencia en las coberturas por muerte<br />

o incapacidad, entre otros.<br />

El concepto de actividad misional permanente<br />

apareció en nuestra legislación recientemente<br />

con los artículos 63 de la Ley 1429 de 2010, 103 de<br />

la Ley 1438 de 2011, y con el Decreto 2025 de 2011,<br />

que regula el tema de cooperativas.<br />

Para la ANDI, el concepto de actividad misional<br />

permanente ha creado inseguridad jurídica<br />

y confusión; esto porque el uso indebido de la<br />

tercerización debe ser censurado en toda actividad,<br />

sea misional permanente o no. De igual<br />

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