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la declaracion de las naciones unidas y el territorio<br />
29<br />
La cuestión de fondo<br />
De lo que se trata en estas páginas es de valorar lo que hay, para saber lo que se<br />
puede hacer. Y para ello hay que partir del hecho de que la Declaración cambia el<br />
marco del ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas. A pesar de que había<br />
elementos en la legislación precedente (el Convenio 169) que permitían un rol<br />
protagónico de los pueblos indígenas en la definición de la estructura, características<br />
y gobierno de su propio territorio, no es sino con esta Declaración que el<br />
derecho a la libre determinación se encuentra definitivamente consagrado. Ahora,<br />
a pesar de la renuencia presumible de muchos Estados, el derecho “en si”<br />
existe, por encima de la legislación nacional particular. Por lo tanto los pueblos<br />
indígenas ya no tienen como único interlocutor al Estado como ente depositario<br />
de la legitimidad jurídica. Los pueblos indígenas pueden ampararse ahora de un<br />
derecho reconocido a nivel universal por la comunidad de naciones y son los<br />
Estados los que estarían obligados a recurrirlo en su caso.<br />
En concreto, y esa es la premisa con que se ha procedido en el estudio de caso<br />
en la presente investigación, se trata de saber lo siguiente:<br />
Con los conocimientos de hoy, con la experiencia de estos 30 años de funcionamiento<br />
de una institución creada por el Estado peruano (la comunidad nativa),<br />
con el análisis de las amenazas y oportunidades del entorno, con la perspectiva<br />
que aporta el plan de vida de un determinado pueblo,<br />
• ¿Qué estructura territorial, qué tipo de territorio y con qué atributos, sería<br />
el adecuado para asegurar la territorialidad a largo plazo y garantizar su<br />
libre ejercicio<br />
• ¿Qué titular o qué titulares o qué combinación de los mismos, y con qué<br />
atribuciones, constituiría un modelo apropiado para conducir esa territorialidad<br />
• ¿Qué ruta estratégica debe emprender cada pueblo para hacer realidad, a<br />
partir de este momento, esas opciones<br />
Responder a estas preguntas es el objetivo primero de este estudio. Con toda su<br />
simpleza se trata de todo un programa de trabajo territorial urgente para las organizaciones<br />
indígenas. El presente texto trata de abrir un camino hacia ese proceso<br />
que no puede caer en un momento más oportuno una vez aprobada la Declaración.<br />
Para poder concretar una metodología apropiada a los objetivos del<br />
estudio, debemos partir del actual menú de posibilidades que ofrece el ordenamiento<br />
jurídico peruano a los pueblos indígenas para definir la titularidad del<br />
derecho territorial. Pero este será el tema del próximo capítulo.