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54<br />

ANTROPOLOGIA DE UN DERECHO - LIBRE DETERMINACION TERRITORIAL DE LOS PUEBLOS INDIGENAS como derecho humano<br />

tiempo, define un modelo de sujeto o combinación de sujetos jurídicos que asuma(n)<br />

la titularidad hacia el exterior, es perfectamente viable siempre y cuando hayan sido<br />

analizadas, detalladas y formalizadas debidamente las relaciones de ese o esos<br />

sujetos jurídicos con las entidades naturales consuetudinarias.<br />

Lo que AIDESEP considera necesario analizar, y que viene a ser la hipótesis de<br />

este trabajo, es que el modelo territorial y de titularidad que ofrece la legislación<br />

nacional en el Perú, no resulta adecuado para desarrollar un proyecto nacional<br />

para la gobernanza territorial de un pueblo indígena, y más bien genera problemas<br />

que la pueden hacer colapsar con graves consecuencias para el futuro a corto plazo<br />

de dicho pueblo. La comunidad nativa no es capaz de cubrir todas las facetas de la<br />

titularidad del derecho territorial que le asigna la norma y en muchos casos las<br />

atribuciones que se le otorgan pueden ser contraproducentes. La institucionalidad<br />

estatal ni resulta descriptiva de la realidad de la mayor parte de los territorios indígenas,<br />

ni resulta operativa para afrontar determinados problemas.<br />

No obstante hay que reconocer que la comunidad ha logrado hacerse con cierto<br />

nivel de estabilidad en muchos pueblos y que, para muchas tareas de la gobernanza<br />

interna y externa, los niveles locales pueden ser los más eficientes, si bien<br />

la comunidad no siempre describe con fidelidad las características de los grupos<br />

locales consuetudinarios.<br />

Entonces las preguntas complementarias a las propuestas en los dos primeros<br />

capítulos de esta parte del estudio serían:<br />

¿Es necesario que el modelo de titularidad propuesto por un pueblo indígena<br />

para las acciones de la gobernanza externa, sea el mismo que conduce la gobernanza<br />

interna<br />

Si no fuera así, ¿qué tipo de relaciones mantendría ese modelo de titularidad<br />

externa con la institucionalidad consuetudinaria para la gobernanza territorial<br />

interna<br />

¿Es adecuada la oferta legal peruana relativa a la estructura territorial y a la<br />

titularidad del derecho territorial de los pueblos indígenas En todo caso, ¿es<br />

suficiente ¿Qué alternativas, puras o mixtas, de titularidad son viables en el contexto<br />

del ordenamiento jurídico peruano ¿Existen ofertas más apropiadas en<br />

otros ordenamientos más modernos ¿Qué oportunidades ofrecen los instrumentos<br />

internacionales que Perú ha ratificado o de los que forma parte como país<br />

firmante, como es el caso de la Declaración de Naciones Unidas sobre derechos<br />

de los Pueblos Indígenas

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