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Panorama actual de los derechos humanos de las - Comisión de ...

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314 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOSg) En lo referente a la atención <strong>de</strong> salud, se pudo apreciar en uno <strong>de</strong> <strong>los</strong>expedientes clínicos, la falta <strong>de</strong> atención <strong>de</strong>l médico <strong>de</strong> la unidad, pues en elcaso <strong>de</strong> la señora Tranquilina Arteaga Anaya, esta persona falleció sin serasistida por un médico, pues se le llamo por localizador, siendo que <strong>de</strong>biócontarse en la unidad con uno que atendiera a <strong>los</strong> selectos albergados <strong>de</strong>bidoa <strong>las</strong> patologías que presentan; esta situación también fue expuesta en <strong>los</strong> testimoniosrendidos ante este Organismo Nacional, ya que se señaló que en ocasionesno se cuenta con médico <strong>de</strong> guardia en fines <strong>de</strong> semana, pues <strong>los</strong> queson asignados para el servicio no se presentan a laborar, concretándose aproporcionar un número telefónico para ser localizados, lo cual implica unafalta <strong>de</strong> cumplimiento al artículo 1, apartado 1 <strong>de</strong>l capítulo IV <strong>de</strong>l ReglamentoInterior <strong>de</strong> Albergues y Resi<strong>de</strong>ncias <strong>de</strong>l Instituto Nacional <strong>de</strong> la Senectud,que a la letra dice:Artículo 1. Son <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> <strong>los</strong> albergados:1. Recibir atención médica, psicológica y <strong>de</strong> terapia ocupacional por parte <strong>de</strong>lpersonal <strong>de</strong>l asignados.De la información recabada por este Organismo Nacional se aprecia tambiénque no se cuenta con fisioterapia, por lo que se hace necesario que secuente con el personal capacitado en esta labor.h) Se hace necesario precisar, también, que en <strong>las</strong> investigaciones llevadasacabo en esta Comisión Nacional no se acreditó que la muerte <strong>de</strong> <strong>los</strong> senectosLuis Alcaraz Aceves, Tranquilina Arteaga Anaya, Merce<strong>de</strong>s Villalpando Bedollay Natalia Casos Hoyos se <strong>de</strong>ba a ma<strong>los</strong> tratos inferidos por la enfermeraBeatriz Eugenia Arévalo u otra persona <strong>de</strong> la citada institución, esto con baseen el dictamen médico emitido por esta Comisión Nacional; sin embargo,se hace necesario que el Instituto Nacional <strong>de</strong> la Senectud lleve a cabo unainvestigación médico-administrativa, <strong>de</strong>bido al alto índice <strong>de</strong> funciones presentadasdurante el presente año para que, en su caso, se <strong>de</strong>scarte una posibleresponsabilidad por <strong>de</strong>ficiente atención personal que labora en la ya mencionadaunidad gerontológica, o bien, se adopten <strong>las</strong> medidas necesarias a fin <strong>de</strong>preservar la vida y el <strong>de</strong>sarrollo armónico funcional <strong>de</strong> <strong>los</strong> senectos, en todolo humano y técnicamente posible.Esta Comisión Nacional hace mención <strong>de</strong> la especial importancia que tuvoen el Instituto Nacional <strong>de</strong> la Senectud en el presente caso, en el que siempre

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