06.05.2013 Views

Compendio de Derecho Sucesoral - Universidad Libre Sede ...

Compendio de Derecho Sucesoral - Universidad Libre Sede ...

Compendio de Derecho Sucesoral - Universidad Libre Sede ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

CAPITULO I<br />

1. PRINCIPIOS REGULADORES DE LAS SUCESIONES INTESTADAS<br />

1. La ley sucesoral no regla <strong>de</strong>pendiendo <strong>de</strong>l origen o proce<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> los bienes<br />

para reglar la sucesión intestada, o para imponerle limitaciones o prohibiciones<br />

etc. (Art. 1038 <strong>de</strong>l C.C).<br />

2. No se tiene en cuenta ni se discrimina por sexo o progenitura. (Art.1039 <strong>de</strong>l<br />

C.C.).<br />

3. El legislador en la distribución <strong>de</strong>l patrimonio herencial se finca o fundamenta en<br />

las relaciones <strong>de</strong> parentesco <strong>de</strong> consaguinidad, el legal o basado en la adopción y<br />

en el matrimonio, recordando que los parientes por afinidad no tiene vocación<br />

hereditaria.<br />

2.1. ORDENES SUCESORALES<br />

CAPITULO II<br />

Son aquellas prevalencias entre los parientes o familiares más cercanos, que la<br />

ley ha establecido al heredar en una sucesión en la que no se dió a conocer la<br />

última voluntad <strong>de</strong>l testador, por no existir testamento valido. Plantean quienes<br />

<strong>de</strong>ben recibir primero la herencia, o quienes tienen preferencia en recibirla<br />

intestada. Y están consagrados en el artículo 1040 <strong>de</strong>l CC. (Subrogado. L. 29/82,<br />

art. 2º.), que en su tenor literal or<strong>de</strong>na: ―Son llamados a sucesión intestada: los<br />

<strong>de</strong>scendientes; los hijos adoptivos; los ascendientes; los padres adoptantes; los<br />

hermanos; los hijos <strong>de</strong> éstos; el cónyuge supérstite; el Instituto Colombiano <strong>de</strong><br />

Bienestar Familiar‖. NOTA: Este artículo ha sido modificado por las leyes 153 <strong>de</strong><br />

167

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!