06.05.2013 Views

Compendio de Derecho Sucesoral - Universidad Libre Sede ...

Compendio de Derecho Sucesoral - Universidad Libre Sede ...

Compendio de Derecho Sucesoral - Universidad Libre Sede ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

3. Conjunción Mixta, cuando en una misma hijuela se le adjudican a varios<br />

asignatarios un mismo bien.<br />

La asignación ―conjunta‖ la <strong>de</strong>fine nuestra código civil en el art. 1209 <strong>de</strong>l C.C.: ―Los<br />

coasignatarios conjuntos se reputarán por una sola persona para concurrir con<br />

otros coasignatarios; y la persona colectiva, formada por los primeros, no se<br />

enten<strong>de</strong>rá faltar sino cuando todos estos faltaren.<br />

Se enten<strong>de</strong>rán por conjuntos los coasignatarios asociados por una expresión<br />

copulativa, como Pedro y Juan, o comprendidos en una <strong>de</strong>nominación colectiva,<br />

como los hijos <strong>de</strong> Pedro‖. Pue<strong>de</strong> ser en varias formas como por V. gr.: ―Dejo el<br />

inmueble tal a los hijos <strong>de</strong> Gabriel, o <strong>de</strong>jo mi vehículo a Hugo; Paco y Luis.<br />

No pue<strong>de</strong> haber conflicto o concurrencia entre el <strong>de</strong>recho acrecimiento con el<br />

<strong>de</strong>recho <strong>de</strong> representación, porque el primero ocurre en la sucesión testada y el<br />

segundo en la intestada, y rige para los legitimarios. En cuanto a la mitad<br />

legitimaria prima el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> representación respecto <strong>de</strong>l acrecimiento.<br />

16.1. CARACTERISTICAS DEL ACRECIMIENTO<br />

El acrecimiento tiene las siguientes características:<br />

1. Es Accesorio.<br />

2. Es Renunciable.<br />

3. Es Transferible.<br />

4. Exige que no se haya <strong>de</strong>signado sustituto (art. 1222 <strong>de</strong>l C.C.) Y<br />

5. Exige que no esté prohibido por el testador. (Art. 1214 <strong>de</strong>l C.C.).<br />

El efecto inmediato <strong>de</strong>l acrecimiento es que se junta o agrega la cuota <strong>de</strong>l que<br />

falte a las <strong>de</strong> los otros.<br />

324

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!