04.07.2013 Views

Diacritica 25-2_Filosofia.indb - cehum - Universidade do Minho

Diacritica 25-2_Filosofia.indb - cehum - Universidade do Minho

Diacritica 25-2_Filosofia.indb - cehum - Universidade do Minho

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

118<br />

MARTHA PALACIO AVENDAÑO<br />

lo que daría lugar a la posibilidad de integrar visiones complementarias y<br />

alternativas. La idea de Santos es que la hermenéutica diatópica sirva como<br />

méto<strong>do</strong> de crítica y autocrítica mediante la cual pueda abrirse un senti<strong>do</strong><br />

comparti<strong>do</strong> sobre el cosmopolitismo moral y subsecuentemente legal.<br />

De ahí que Santos afi rme que “Os confl itos, as resistencias, as lutas e as<br />

coligações em torno <strong>do</strong> cosmopolitimos e <strong>do</strong> património comun da humanidade<br />

demonstram que aquilo a que chamamos globalização é, na verdade,<br />

um conjunto de arenas de lutas transfrontereiriças.” (Santos, 1997:18)<br />

Y es precisamente esa lectura sobre el foco de las luchas transfonterizas<br />

<strong>do</strong>nde se aloja la cuestión de una nueva regulación global. Una nueva<br />

regulación global que no puede ser impuesta desde arriba sino que debe<br />

encontrar alternativas en los movimientos sociales globales que cuestionan<br />

su senti<strong>do</strong> y optan por una democratización de esa regulación.<br />

Lo que Santos está ponien<strong>do</strong> sobre la mesa de debate es que los confl ictos<br />

transfonterizos actuales son la clave para la comprensión de un nuevo<br />

mo<strong>do</strong> de regulación global. En estos confl ictos anida la clave interpretativa,<br />

a mi entender, de esa nueva forma de regulación. De ahí que podamos afi rmar<br />

que el tercer foco de la justicia global constituye la interpretación de<br />

esas formas de contestación al proceso de globalización.<br />

Para Santos los confl ictos transfronterizos nos sitúan en una forma<br />

de contestación frente a las injusticias que pone en juego un pluralismo<br />

jurídico (imposición de marcos normativos ad-hoc). [4] La deslocalización<br />

empresarial, la explotación de recursos naturales, las batallas por las patentes<br />

contra los pueblos indígenas, las reivindicaciones feministas contra la<br />

sujeción, han si<strong>do</strong> las más de las veces reivindicaciones alojadas dentro<br />

del marco territorial del esta<strong>do</strong> que han supera<strong>do</strong> las fronteras y han trascendi<strong>do</strong><br />

a la opinión pública global sin perder su carácter de reivindicaciones<br />

locales en unos casos y en otras conectan<strong>do</strong> la reivindicación local<br />

con movimientos internacionales afi nes, en ocasiones más fuertes, que han<br />

hecho que la demanda de justicia pueda emerger en la arena pública global<br />

desplazán<strong>do</strong>se así su senti<strong>do</strong> de una reivindicación local a una regional o<br />

global.<br />

La particularidad de esta dinámica de la reivindicación de justicia constituye<br />

para Santos la cuestión de la visibilidad de las injusticias estructurales<br />

4 El pluralismo jurídico ha de entenderse en su <strong>do</strong>ble acepción, por un la<strong>do</strong>, la imposición de<br />

marcos regulativos ad-hoc y por otro, el enfoque teórico que enfatiza en el carácter social<br />

de la creación de las normas que determinan las condiciones de vida de los individuos. Este<br />

último senti<strong>do</strong> constituye la opción, en la perspectiva de Santos, de una globalización contrahegemónica<br />

o bien de un cosmopolitismo subalterno (Santos, 2009).<br />

<strong>Diacritica</strong> <strong>25</strong>-2_<strong>Filosofia</strong>.<strong>indb</strong> 118 05-01-2012 09:38:24

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!