04.07.2013 Views

Diacritica 25-2_Filosofia.indb - cehum - Universidade do Minho

Diacritica 25-2_Filosofia.indb - cehum - Universidade do Minho

Diacritica 25-2_Filosofia.indb - cehum - Universidade do Minho

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

¿DE QUÉ HABLAMOS CUANDO HABLAMOS DE JUSTICIA GLOBAL?<br />

119<br />

de la globalización y pone de relieve, por otra parte, los focos de emancipación<br />

que se alojan en esta nueva estructura del capital. En otros términos,<br />

la globalización puede ser vista de mo<strong>do</strong> dialéctico si entendemos que lleva<br />

aparejada una forma de regulación que impone condiciones a individuos y<br />

colectivos, quiénes en sus reivindicaciones visibilizan la injusticia estructural,<br />

pero confi guran el foco emancipatorio que pueda subvertir al menos<br />

algunas de sus consecuencias. De ahí que Santos abogue por un cosmopolitismo<br />

subalterno que exige nuevos marcos legales para esas formas de<br />

injusticia de mo<strong>do</strong> que se pueda erigir un marco legal justo y aban<strong>do</strong>nar las<br />

regulaciones ad-hoc que ponen en marcha los trata<strong>do</strong>s comerciales. La idea<br />

fundamental para Santos es la de conectar la ley y la política mediante una<br />

contestación que pueda re-imaginar instituciones legales alternativas a un<br />

mo<strong>do</strong> de regulación desde arriba (Santos/Rodríguez-Garavito, 2005).<br />

En este enfoque sobre el cosmopolitismo se destaca la consideración de<br />

las causas estructurales que lleva aparejadas la globalización y confi guran<br />

las exigencias de justicia al tiempo que se hace hincapié en la constitución<br />

de subjetividades políticas enmarcadas en la comprensión de las condiciones<br />

que generan su sujeción. La diferencia respecto al cosmopolitismo de<br />

Pogge o de Seyla Benhabib consiste en la lectura de la dialéctica en que<br />

consiste el proceso económico de la globalización. Mientras la pretensión<br />

de Pogge y Benhabib es normativa, Santos asume una lectura de las contradicciones<br />

sociales de que surgen las normas lo que le permite entender el<br />

confl icto como efecto de una normatividad impuesta al tiempo que causa<br />

de una alternativa social inclusiva.<br />

En esta misma línea pero superan<strong>do</strong> la denominación terminológica<br />

del cosmopolitismo, Nancy Fraser ha sugeri<strong>do</strong> plantear una ‘política del<br />

enmarque’ que dé visibilidad a la serie de confl ictos origina<strong>do</strong>s en el proceso<br />

de globalización y que, en su interpretación, constituyen fundamentalmente<br />

demandas de justicia sobre la conformación y defi nición del marco<br />

político y de las escalas de justicia (Fraser 2008:1<strong>25</strong>,2009:64) que determina<br />

las formas de injusticia de los individuos y colectivos.<br />

La impugnación sobre el marco apunta a la exigencia de un espacio en<br />

el cual las demandas de justicia puedan ser oídas y resueltas, que permita<br />

que los concerni<strong>do</strong>s estén representa<strong>do</strong>s tanto en el senti<strong>do</strong> más básico de<br />

tener voz como en el de contar con alguien que pueda defender sus intereses.<br />

Por tanto, la impugnación del mismo lleva implícita su reformulación.<br />

Podemos decir que, en cierto mo<strong>do</strong>, la demanda por nuevos marcos<br />

legales de los que Santos habla coincide con la lectura de nuevas formas de<br />

injusticia ligadas al marco político y los niveles de representatividad para<br />

<strong>Diacritica</strong> <strong>25</strong>-2_<strong>Filosofia</strong>.<strong>indb</strong> 119 05-01-2012 09:38:<strong>25</strong>

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!