6. El reglamento municipal <strong>de</strong> participación6.1. ¿Pue<strong>de</strong> haber participaciónsin reglamento?No sólo pue<strong>de</strong> sino que, en realidad hay. Existenmuchos municipios sin Reglamento <strong>de</strong> participacióny en cambio tienen establecidos diversos canales<strong>de</strong> relación entre la ciudadanía y el gobierno.Existen diversos tipos <strong>de</strong> reuniones, encuentros,contactos, presencia <strong>ciudadana</strong> en los Plenosmunicipales, Consejos sectoriales y territorialessin regulación específica y, no obstante, permitenel encuentro regular <strong>de</strong> los responsables políticoscon la ciudadanía, en <strong>una</strong> práctica continuaque ha ido creando <strong>una</strong> especie <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechoconsuetudinario.También hay municipios con un reglamentoaprobado en su día “porque tocaba”, pero sinaplicación total o parcial y se ha ido <strong>de</strong>sconociendo,en la práctica, creando figuras y canales noprevistos inicialmente que han acabado<strong>de</strong>sdibujando el propio texto aprobado.6.2. ¿Pue<strong>de</strong> haber reglamentosin participación?Son necesarios, pues, medios a<strong>de</strong>cuados <strong>para</strong>“facilitar” la práctica <strong>de</strong> ese <strong>de</strong>recho, y correspon<strong>de</strong>,por mandato constitucional, a los po<strong>de</strong>res públicosla búsqueda <strong>de</strong> esos medios, pero <strong>de</strong>bemos aclararque “las normas no hacen la participación”.Ayudan, pero no garantizan su ejercicio.Nuestro sistema jurídico, a partir <strong>de</strong> la constituciónha promovido numerosas normas con rango<strong>de</strong> ley don<strong>de</strong> se regulan diversos aspectos <strong>de</strong>l<strong>de</strong>recho a la participación: la ley 30/1992 <strong>de</strong>régimen jurídico <strong>de</strong> las administraciones públicasy <strong>de</strong>l procedimiento administrativo común o laley 7/1985 reguladora <strong>de</strong> las bases <strong>de</strong>l régimenlocal por citar dos <strong>de</strong> ellas. Alg<strong>una</strong>s leyes sectoriales,también lo proclaman. O la Directiva MarcoEuropea 2000/60/CE y el Real Decreto 907/2007<strong>de</strong> planificación hidrológica que obliga a realizarlos planes <strong>de</strong> aprovechamiento <strong>de</strong> las cuencasincorporando procesos <strong>de</strong> participación.La existencia <strong>de</strong> esas normas, ni siquiera las <strong>de</strong>rango constitucional, no han garantizado (y nogarantizaran) la participación. Entre otrasmuchas razones, porque se requiere <strong>una</strong> actitudproactiva <strong>de</strong> los po<strong>de</strong>res públicos y no tan sóloun “consentimiento” respecto <strong>de</strong> su realización.Pue<strong>de</strong>n ayudar a superar resistencias pero,también pue<strong>de</strong>n convertirse en un meroinstrumento formal, un cumplimiento <strong>de</strong> untrámite cualificado <strong>de</strong> información pública.El <strong>de</strong>recho a la participación, como todos los<strong>de</strong>rechos personales o subjetivos, sólo existe enla realidad si es ejercido. Así, el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> reunióno el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> asociación no serían más quemeras <strong>de</strong>claraciones legislativas si la ciudadaníano se reuniera o no se asociara. La única posibilidad<strong>de</strong> convertir en realidad un <strong>de</strong>recho es su ejercicio.Y <strong>para</strong> que se pueda realizar un <strong>de</strong>recho hay quepo<strong>de</strong>r disponer <strong>de</strong>l instrumental, <strong>de</strong> los mediosy canales a<strong>de</strong>cuados <strong>para</strong> su ejercicio. Si, porejemplo, <strong>para</strong> ejercer el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> asociación<strong>de</strong>biera cumplirse un farragoso trámiteadministrativo o un control gubernativo <strong>de</strong> suejercicio, como ocurría en el franquismo, se<strong>de</strong>sincentivaría su ejercicio.142
7. Los planes <strong>de</strong> participación.7.1. Por un Plan <strong>de</strong> participaciónEn el año 2000, <strong>de</strong>cía “Se echa <strong>de</strong> menos enlos municipios <strong>una</strong> especie <strong>de</strong> plan estratégico<strong>de</strong> la participación en el que se plantee qué sepue<strong>de</strong> hacer con el capital humano que representala capacidad y la voluntad <strong>de</strong> las personas queviven en la ciudad y no sólo <strong>para</strong> situaciones<strong>de</strong> emergencia o protección civil o <strong>de</strong>fensaforestal, sino en el día a día, en la cotidianeidad<strong>de</strong>l funcionamiento <strong>de</strong> la ciudad, previendoformas <strong>de</strong> intervención individual o medianteorganizaciones <strong>ciudadana</strong>s”.“Un hipotético plan estratégico <strong>de</strong> la participación<strong>ciudadana</strong> <strong>de</strong>bería prever, por <strong>una</strong> parte, lareclamación por parte <strong>de</strong>l ayuntamiento (juntocon otros ayuntamientos) <strong>de</strong> un ámbitocompetencial más amplio con capacidad <strong>de</strong>convocatoria hacia los órganos territorialesautonómicos o estatales <strong>para</strong> que comparezcanen los actos <strong>de</strong> información <strong>ciudadana</strong> y en loscanales <strong>de</strong> participación que se establecen.Igualmente, <strong>de</strong>bería <strong>de</strong>finir la organizacióninterna <strong>de</strong>l ayuntamiento <strong>para</strong> poner el acentoen la relación directa con la ciudadanía, a hacertransparente y traspasable la actuaciónadministrativa”.“Por otro lado, <strong>de</strong>bería conocer la situación real<strong>de</strong> su tejido asociativo, la dispersión o coordinación<strong>de</strong> las asociaciones <strong>de</strong> su ciudad, sus potencialida<strong>de</strong>sy <strong>de</strong>bilida<strong>de</strong>s, la capacidad <strong>de</strong> sus dirigentes <strong>de</strong>llevar a cabo su propio proyecto, y sobre la base<strong>de</strong> estos planteamientos diseñar <strong>una</strong>s líneas <strong>de</strong>apoyo, económico, técnico, material, <strong>para</strong> laestructuración y consolidación <strong>de</strong> las organizaciones<strong>ciudadana</strong>s”.“Con estas dos premisas, <strong>de</strong>berían diseñarse lasacciones, programas, canales, protocolos, órganosy sistemas que hicieran sentir a la ciudadaníaque su voz y su intervención son necesarias,individualmente consi<strong>de</strong>radas, pero sobre todocuando se organizan colectivamente”.“Es cierto que esto pue<strong>de</strong> provocar fuertes<strong>de</strong>scalabros en los gobiernos locales, preocupadospor la estabilidad y el mantenimiento <strong>de</strong> lospactos políticos necesarios <strong>para</strong> garantizarla.Por esto es necesario que este tipo <strong>de</strong>planteamientos, que la búsqueda <strong>de</strong> fórmulasinnovadoras se haga bajo el máximo consensoposible <strong>para</strong> repartir el coste político quesignifican estas innovaciones”.“Imaginemos, por ejemplo, que fruto <strong>de</strong> esteplan estratégico se llega a la conclusión <strong>de</strong> queno se pue<strong>de</strong>n dar subvenciones pequeñas atantas asociaciones pequeñas, sino que resultarámás efectivo incentivar la coordinación y laconexión interasociativa y apoyar <strong>de</strong>terminadosprogramas y no otros. ¿Quién asumirá el costepolítico <strong>de</strong> esta <strong>de</strong>cisión? ¿Tan sólo el equipo<strong>de</strong> gobierno? Sería muy lamentable que laoposición convirtiera en caballo <strong>de</strong> batalla <strong>una</strong>cuestión que está en las bases <strong>de</strong>l sistema<strong>de</strong>mocrático. Así pues, es necesario un pactopolítico previo <strong>de</strong> ámbito supramunicipal, que<strong>de</strong>cida la realización <strong>de</strong> estas propuestasinnovadoras, y comprometa a todos los partidospolíticos a no hacer «sangre» con los resultadospositivos o negativos <strong>de</strong> estas propuestas”(Pindado, 2000: 31,33-34).Para po<strong>de</strong>r realizar ese plan <strong>de</strong> participación hayque trabajar en tres gran<strong>de</strong>s ámbitos:a) la <strong>administración</strong> municipal incluyendo alos responsables políticos y técnicos,b) la ciudadanía y sus asociaciones,c) los procesos y dinámicas administrativas.7.2. Hay planes municipales,pero no <strong>de</strong> participaciónLos ayuntamientos han ido <strong>de</strong>sarrollando técnicas,cada vez más <strong>de</strong>puradas, <strong>de</strong> planificación <strong>de</strong>sus actuaciones. La mayor parte <strong>de</strong> las experiencias“planificadoras”, se han centrado, no obstanteen el campo urbanístico, quizás por el peso <strong>de</strong>esa competencia concreta y la exigencia real <strong>de</strong>la actuación en este ámbito.Fernando PINDADO. La participación <strong>ciudadana</strong>, la vida <strong>de</strong> las ciuda<strong>de</strong>s143
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