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Participación ciudadana para una administración ... - Notas de prensa

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<strong>de</strong>rechos y oportunida<strong>de</strong>s: a) Participar en ladirección <strong>de</strong> los asuntos públicos, directamenteo por medio <strong>de</strong> representantes librementeelegidos” (7) .Ahora bien, este <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> participación nose reconoce únicamente con un carácter general.Existen sectores en los que se han ido aprobandodocumentos normativos que resaltan lanecesidad <strong>de</strong> potenciar la participación <strong>de</strong> laciudadanía en la toma <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisiones públicas.Son aquellos sectores cuyo funcionamientotiene claras repercusiones globales, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong>afectar <strong>de</strong> forma directa al individuo y a lacolectividad conjuntamente.Resalta, por su importancia y aceptación, el<strong>de</strong>recho <strong>de</strong> participación en las cuestionesmedioambientales. Se consi<strong>de</strong>ra que los problemasrelacionados con el medio ambiente no sonexclusivamente locales o regionales, sino quese manifiestan a nivel global y, por tanto, exigenla búsqueda <strong>de</strong> soluciones a este nivel. Ahorabien, esta adopción <strong>de</strong> políticas globales ha <strong>de</strong>estar basada en los pilares o <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong>l accesoa la información, la participación pública y elacceso a la justicia, que caracterizan lo que seha dado en llamar la <strong>de</strong>mocracia ambiental.Estos tres pilares o <strong>de</strong>rechos se erigen como unprincipio básico y general <strong>de</strong>l Derecho globalambiental, proclamado en la Declaración sobreel Medio Ambiente y Desarrollo, adoptada enla Conferencia <strong>de</strong> Río <strong>de</strong> 1992, cuyo principio10 establece que “el mejor modo <strong>de</strong> tratar lascuestiones ambientales es con la participación<strong>de</strong> todos los ciudadanos interesados, en el nivelque corresponda. En el plano nacional, todapersona <strong>de</strong>berá tener acceso a<strong>de</strong>cuado a lainformación sobre el medio ambiente <strong>de</strong> quedispongan las autorida<strong>de</strong>s públicas, incluida lainformación sobre los materiales y las activida<strong>de</strong>sque encierran peligro en sus comunida<strong>de</strong>s, asícomo la oportunidad <strong>de</strong> participar en los procesos<strong>de</strong> adopción <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisiones. Los Estados <strong>de</strong>beránfacilitar y fomentar la sensibilización y laparticipación <strong>de</strong> la población poniendo lainformación a disposición <strong>de</strong> todos. Deberáproporcionarse acceso efectivo a losprocedimientos judiciales y administrativos,entre éstos el resarcimiento <strong>de</strong> daños y losrecursos pertinentes” (8) .Pero, ¿y la participación en las instanciasinternacionales?, ¿cómo aplicar el concepto<strong>de</strong>mocrático en un contexto globalizado?,¿cómo participar en la actuación mundializada<strong>de</strong> la actividad política y económica? RobertDahl señala que la <strong>de</strong>mocracia únicamente seha <strong>de</strong>sarrollado en dos estadios, en la polisgriega y en el Estado Nación. En la primera, elsistema político se basaba en un régimen <strong>de</strong><strong>de</strong>mocracia directa -con todos sus matices-,mientras que en el segundo, el sistema reinante(7)En este sentido, el artículo 10.2 CE’78 establece que “las normas relativas a los <strong>de</strong>rechos fundamentales y a las liberta<strong>de</strong>sque la Constitución reconoce se interpretarán <strong>de</strong> conformidad con la Declaración Universal <strong>de</strong> Derechos Humanos y losTratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”. El Trib<strong>una</strong>l Constitucional vienereconociendo que “la interpretación a que alu<strong>de</strong> el artículo 10.2 <strong>de</strong>l texto constitucional no convierte a tales tratados oacuerdos internacionales en canon autónomo <strong>de</strong> vali<strong>de</strong>z <strong>de</strong> las normas y actos <strong>de</strong> los po<strong>de</strong>res públicos <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la perspectiva<strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos fundamentales. Por el contrario, realizada la mencionada proclamación, no pue<strong>de</strong> haber duda <strong>de</strong> que lavali<strong>de</strong>z <strong>de</strong> las disposiciones y actos impugnados en amparo <strong>de</strong>be medirse sólo por referencia a los preceptos constitucionales[…], siendo los textos y acuerdos internacionales <strong>de</strong>l artículo 10.2 <strong>una</strong> fuente interpretativa que contribuye a la mejori<strong>de</strong>ntificación <strong>de</strong>l contenido <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos cuya tutela se pi<strong>de</strong> a este Trib<strong>una</strong>l” (STC 64/1991).(8)A<strong>de</strong>más <strong>de</strong> la Organización <strong>de</strong> Naciones Unidas, otras organizaciones internacionales han adoptado el objetivo <strong>de</strong> lasostenibilidad medioambiental y el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> participación. Es el caso <strong>de</strong>l Banco Mundial, en cuyo Informe <strong>de</strong> 2003 DesarrolloSostenible en <strong>una</strong> Economía Dinámica recoge diez principios básicos en materia <strong>de</strong> medio ambiente, entre los que se encuentra“reconocer la participación <strong>ciudadana</strong> como factor crucial” y “lograr el consenso entre las diferentes fuerzas sociales necesarias<strong>para</strong> conseguir el cambio”. Por su parte, el Comité <strong>de</strong> Asistencia <strong>para</strong> el Desarrollo <strong>de</strong> la Organización <strong>de</strong> CooperaciónDesarrollo Económicos (OCDE) publicó Shaping the 21st Century (2001), documento político en el que se llamaba a <strong>una</strong>asociación global <strong>para</strong> seguir <strong>una</strong> nueva estrategia <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo, fijando <strong>de</strong>terminados objetivos a cumplir mediante cuatrodirecciones <strong>de</strong> actuación. La segunda dirección establece que el <strong>de</strong>sarrollo sostenible requiere <strong>de</strong> instituciones que asumanprocesos transparentes y que permitan la participación <strong>de</strong> todos los sectores <strong>de</strong> la sociedad <strong>de</strong>s<strong>de</strong> productores a consumidorescomo la Administración.78

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