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3-Aplicación práctica del régimen de detracciones, retenciones y percepciones

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SISTEMA DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL GOBIERNO CENTRAL (SPOT)

• INFORME N° 189-2010-SUNAT/2B0000

1. Si el servicio de realización de eventos y entrega de aperitivos al público

en general que asiste o participa en dichos eventos, tiene como finalidad

la promoción de los productos o servicios ofrecidos, a través de la

realización de campañas o eventos dirigidos a atraer y retener clientes; el

mismo se encontraría en la clase CIIU 7430.- Publicidad y, por tanto, comprendido

en el numeral 5 del Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia

N° 183-2004/SUNAT como servicio sujeto al SPOT.

2. El servicio de organización de eventos en los que se ofrece aperitivos como

atención a los participantes, sin que dicho servicio esté dirigido a la promoción

de los productos o servicios de los clientes que contratan a la empresa organizadora,

se clasifica en la CIIU 7499.- Otras actividades empresariales n.c.p., la

cual al no encontrarse comprendida en el numeral 5 del Anexo 3 de la Resolución

de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT, no está sujeta al SPOT.

• INFORME N° 003-2011-SUNAT/2B0000

A efectos de la aplicación del SPOT a los contratos de construcción se debe

tomar en cuenta la Revisión 4 de la CIIU.

No resulta aplicable el SPOT a un contrato de construcción respecto del cual se emitió

la factura en noviembre de 2010 y el pago se efectuó a partir del 01/12/2010.

Si dentro de los elementos facturables de un contrato de obra la mayor parte

(pero no exclusivamente) está compuesta por el arrendamiento, subarrendamiento

o cesión en uso de equipo de construcción dotado de operario, se aplica

el 5% por concepto del SPOT.

En el supuesto de que, por estipulación contractual, el cliente o usuario retenga

del importe que adeuda al contratista una suma denominada “fondo de garantía”

destinada a un eventual incumplimiento del mismo y que es entregada a este de

no acaecer dicho incumplimiento, sin perjuicio que el contratista facture por el

total del importe adeudado; el SPOT deberá aplicarse sobre dicho total facturado

por concepto del contrato de construcción, incluido el importe correspondiente al

mencionado “fondo de garantía”.

• INFORME N° 025-2011-SUNAT/2B0000

1. Se encuentra sujeta al SPOT la entrega en propiedad de baterías de

plomo-ácido usadas inservibles como tales o de componentes de desechos

procedentes de su desmantelamiento, clasificadas en la subpartida

nacional 8548.10.00.00, realizada por tiendas comerciales y por empresas

de los sectores minero, telecomunicaciones, pesca, entre otros,

a empresas comercializadoras de residuos sólidos o a fundiciones dedicadas

al reciclaje, a cambio de una retribución económica.

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