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3-Aplicación práctica del régimen de detracciones, retenciones y percepciones

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APLICACIÓN PRÁCTICA DEL RÉGIMEN DE DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERCEPCIONES

construcción, al estar comprendido en el numeral 9 del Anexo 3 de la Resolución

de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT.

• INFORME N° 085-2012-SUNAT/4B0000

1. Los fondos de las cuentas del SPOT dejarán de ser intangibles e inembargables

a partir día hábil siguiente al de la notifi cación de la resolución que

aprueba la solicitud de libre disposición presentada.

2. Los fondos considerados de libre disposición a partir de la fecha antes señalada

pueden ser objeto de una medida de embargo ordenada por el Poder

Judicial.

• INFORME N° 039-2012-SUNAT/4B0000

1. La venta de la mezcla preparada de piedra y arena (que también puede contener

un conglomerante como el cemento), denominada hormigón, empleada

como material de construcción en obras de ingeniería civil, no se encuentra

sujeta al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central

(SPOT).

2. La venta de la mezcla natural de piedra y arena que se extrae directamente

de los ríos, denominada hormigón de río, empleada como material de construcción

en obras de ingeniería civil, se encuentra sujeta al SPOT y, en consecuencia,

corresponde efectuar el depósito de la detracción respectiva.

• INFORME N° 003-2012-SUNAT/2B0000

La venta en el país del alcohol carburante comprendido en la subpartida nacional

2207.20.00.10 califi ca como una operación sujeta al Sistema de Pago de Obligaciones

Tributarias con el Gobierno Central (SPOT).

• CARTA N° 099-2012-SUNAT/200000

a) El servicio de elaboración de bienes, en los cuales los clientes únicamente

proporcionan diseños o logotipos que son entregados al prestador de servicios

mediante un link de Internet, un disco compacto u otro medio

físico, sin proporcionarse material alguno para la elaboración de dichos

bienes, en cuyo caso resulta de aplicación el criterio vertido en el Informe

N° 103-2012-SUNAT/4B0000; y,

b) Servicio de comisión mercantil por la venta de los bienes elaborados por encargo

de sus clientes. En ese sentido, resulta de aplicación el criterio vertido

en la segunda conclusión del Informe N° 102-2012-SUNAT/4B0000, por lo

que se encuentra sujeto al SPOT con el porcentaje del 12%.

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