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3-Aplicación práctica del régimen de detracciones, retenciones y percepciones

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SISTEMA DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL GOBIERNO CENTRAL (SPOT)

- Importe total depositado y acreditado en la constancia.

- Importe indebido o en exceso que se ha efectuado.

• Escrito del beneficiario de la cuenta, en el que se indicará la existencia de

un depósito indebido o en exceso, su monto y la autorización expresa para que

dicho importe sea debitado de su cuenta de detracciones. El escrito deberá estar

fi rmado por el contribuyente o representante legal, y por los titulares cuyas fi rmas

están registradas en el Banco de la Nación como autorizados a girar contra la

cuenta de detracción.

• Copia simple de la Constancia de Depósito.

• Comprobante(s) de pago(s) correspondiente(s) a la operación por la que se efectuó

el depósito de la detracción, según el caso.

• Carta del banco comercial a la que pertenece la cuenta en la que se abonará

la restitución de fondos, indicando el Código de Cuenta Interbancaria CCI y el

titular de dicha cuenta.

• Cualquier otra información que el solicitante considere necesario para sustentar su

solicitud.

En todos los casos, de ser necesario en la evaluación de la solicitud, la Sunat

podrá requerir información adicional a la presentada por el solicitante.

Finalmente, es importante señalar que el plazo que cuenta la Sunat para resolver

las solicitudes presentadas es de 30 días hábiles.

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