3-Aplicación práctica del régimen de detracciones, retenciones y percepciones
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SISTEMA DE PERCEPCIONES DEL IGV
11. ¿Cómo utilizará el importador las percepciones que le han efectuado?
El importador podrá deducir del IGV a pagar las percepciones que le hubieran
efectuado hasta el último día del periodo al que corresponda la declaración.
Recuerde:
Si no existieran operaciones gravadas o si estas resultaran insuficientes para absorber las percepciones que le
hubieran practicado, el exceso se arrastrará a los periodos siguientes hasta agotarlo, pudiendo ser materia de
COMPENSACIÓN con otra deuda tributaria.
El importador podrá solicitar la devolución de las percepciones no utilizadas
que consten en la declaración del IGV, siempre que hubiera mantenido un
monto no aplicado por dicho concepto en un plazo no menor a tres (3) periodos
consecutivos.
12. Devolución del saldo no aplicado
El importador podrá solicitar la devolución de las percepciones no aplicadas
que consten en la declaración del IGV, siempre que hubiera mantenido un monto
no aplicado en un plazo no menor de 3 periodos consecutivos.
Tratándose de importadores cuyas exportaciones facturadas, superen el 50%
del total de sus operaciones declaradas correspondientes al último periodo vencido
a la fecha de presentación de la solicitud de devolución, no es necesario
que hayan mantenido montos no aplicados en un plazo no menor de 3 periodos
consecutivos.
El importador podrá deducir del IGV a pagar las percepciones que le hubieran
efectuado hasta el último día del periodo al que corresponda la declaración.
Si no hubiera operaciones gravadas o si estas resultaran insufi cientes para
absorber las percepciones que le hubieran practicado, el exceso se podrá utilizar
como deducción en los meses siguientes hasta agotarlo.
Importante:
a) Se deberá consignar como período tributario, el último vencido a la fecha de
presentación de la solicitud y en cuya declaración conste el saldo acumulado
de percepciones no aplicadas a ese periodo, ello sin perjuicio que el monto
cuya devolución solicita sea menor.
b) Si el trámite lo va a realizar una tercera persona, adicionalmente deberá
presentar una carta poder simple en la que se indique expresamente la
autorización para efectuar el trámite correspondiente.
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