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3-Aplicación práctica del régimen de detracciones, retenciones y percepciones

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APLICACIÓN PRÁCTICA DEL RÉGIMEN DE DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERCEPCIONES

• ¿El servicio de cochera (alquiler temporal de espacio) o estacionamiento

(depósito), se encuentra incluido dentro de los servicios de arrendamientos

de bienes inmuebles sujetas al SPOT?

Sí, como los demás servicios gravados del IGV.

• ¿El arrendamiento de bienes inmuebles por parte de una persona

natural sin negocio que percibe rentas de primera categoría está sujeta

al SPOT?

No, por cuanto dicha operación no se encuentra gravado con el IGV.

3. Mantenimiento y reparación de bienes muebles: Dicho servicio está regulado

en el numeral 3 del Anexo N° 2 del la Resolución de Superintendencia N° 183-

2004/SUNAT, conforme a lo siguiente: (11)

3

Definición Descripción %

Mantenimiento y reparación de

bienes muebles (11)

Al mantenimiento o reparación de bienes muebles corporales y

de las naves y aeronaves comprendidos en la definición prevista

en el inciso b) del artículo 3 de la Ley del IGV.

9%

Efectivamente, el 21 de abril de 2011, se publicó en el diario ofi cial El Peruano la

Resolución de Superintendencia N° 098-2011/SUNAT, mediante la cual se dispuso

ampliar el SPOT a los servicios de mantenimiento y reparación de bienes

muebles corporales, debido a que anteriormente el SPOT únicamente se aplicaba

al mantenimiento o reparación de los siguientes bienes:

- Los bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 8902.00.10.00 y

8902.00.20.00.

- Boyas, fl otadores y redes comprendidas en las subpartidas nacionales

3926.90.10.00 5608.11.00.00/5608.90.00.00.

- Las maquinarias y/o equipos que forman parte de las plantas de procesamiento

de recursos hidrobiológicos.

En ese sentido, a partir del 1 de mayo de 2011, el SPOT se aplica sobre la totalidad

de los servicios de mantenimiento y reparación de bienes muebles, cuyo nacimiento

de la obligación tributaria del Impuesto General a las Ventas se genere

a partir de dicha fecha.

(11) Vigente a partir del 01/05/2011 y aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de obligación tributaria del IGV se genere a

partir de dicha fecha.

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