3-Aplicación práctica del régimen de detracciones, retenciones y percepciones
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
APLICACIÓN PRÁCTICA DEL RÉGIMEN DE DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERCEPCIONES
Las operaciones que están exoneradas o inafectas del IGV no están sujetas a
retención alguna.
Los comprobantes de pago que se emitan por operaciones gravadas con el IGV
que se encuentren comprendidas en el Régimen de Retenciones no podrán incluir
operaciones no gravadas con el impuesto.
Ejemplo:
En la compra que realiza un Agente de Retención a un proveedor de la Amazonía
para consumo en la zona, no se retiene por el pago de la operación. Pero, si es
para su consumo fuera de la zona, sí se retiene.
EMISIÓN DE NOTAS DE DÉBITO
2. ¿Cuál es el procedimiento para determinar el Importe de la Operación, en el caso de
la emisión de Notas de Débito?
Previamente, cabe recordar que la emisión de una Nota de Débito permite sustentar
el aumento del valor de las operaciones de venta producto del mayor valor del
precio de venta, de errores o de omisiones en el importe de la operación.
La situación del importe de la operación varía dependiendo si se efectuó o no el
pago del Comprobante de Pago antes de la emisión de la Nota de Débito. A continuación,
presentamos varios supuestos:
Importe del comprobante
de pago
Importe de la
Nota de Débito
Importe total
de la operación
Condición a la fecha de
emisión de la Nota de Débito
¿Se efectúa la
retención?
S/. 690 S/. 30 S/. 720
S/. 690 S/. 30 S/. 720
S/. 710 S/. 30 S/. 740
Se pagó el importe del Comprobante
de Pago sin retención.
No se pagó el importe del Comprobante
de Pago.
Se pagó el importe del Comprobante
de Pago con retención.
SÍ, por el importe de la
Nota de Débito.
SÍ, por el importe total
de la operación.
SÍ, por el importe de la
Nota de Débito.
Importe del comprobante
de pago
Importe de la
Nota de Débito
Importe total
de la operación
Condición a la fecha de
emisión de la Nota de Débito
¿Se efectúa la
retención?
S/. 710 S/. 30 S/. 740
S/. 600 S/. 30 S/. 630
No se pagó el importe del Comprobante
de Pago con retención.
Importe del Comprobante pagado
o pendiente de pago.
SÍ, por el importe total
de la operación.
NO, porque el importe
de la operación incluida
la Nota de Débito, no supera
el monto mínimo de
S/. 700.
136