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3-Aplicación práctica del régimen de detracciones, retenciones y percepciones

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SISTEMA DE PERCEPCIONES DEL IGV

a) En el original: “Cliente”.

b) En la primera copia: “Emisor - Agente de Percepción”.

La copia permanecerá en poder del agente de percepción, el cual deberá mantenerla

en un archivo clasifi cado por cliente y ordenado cronológicamente.

Información no necesariamente impresa:

1. Apellidos y nombres, denominación o razón social del cliente.

2. Tipo y número de documento del cliente.

3. Fecha de emisión del “Comprobante de Percepción - Venta Interna”.

4. Identifi cación de los comprobantes de pago o notas de débito que dieron origen

a la percepción:

a) Tipo(s) de documento(s).

b) Numeración: Serie y número correlativo.

c) Fecha de emisión.

5. Monto total cobrado en moneda nacional, incluida la percepción, por cada uno de

los comprobantes de pago o notas de débito que dieron origen a la percepción.

6. Importe de la percepción en moneda nacional por cada uno de los comprobantes

de pago o notas de débito que dieron origen a la percepción.

Las características del “Comprobante de Percepción - Venta Interna”, en lo que

corresponda, serán las señaladas en los numerales 1 y 4 del artículo 9 del Reglamento

de Comprobantes de Pago.

Cuando la cancelación del importe total de la operación y del monto de la percepción

respectiva se efectúe hasta la oportunidad de entrega del comprobante de

pago, será sufi ciente con que el Agente de Percepción consigne en dicho documento

la siguiente información no necesariamente impresa, en cuyo caso no será

obligatoria la emisión del “Comprobante de Percepción - Venta Interna”:

a) La frase: “Comprobante de Percepción - Venta Interna”.

b) Apellidos y nombres, denominación o razón social del cliente.

c) Tipo y número de documento del cliente, en aquellos comprobantes de

pago en los cuales no se hubiera consignado dicha información.

d) Monto total cobrado en moneda nacional, incluida la percepción.

e) Importe de la percepción en moneda nacional.

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