07.10.2022 Views

3-Aplicación práctica del régimen de detracciones, retenciones y percepciones

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

APLICACIÓN PRÁCTICA DEL RÉGIMEN DE DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERCEPCIONES

7. ¿En qué momento se efectúa el depósito?

El depósito se realizará:

• Cuando el obligado a efectuar el depósito sea el usuario del servicio: Hasta

la fecha de pago parcial o total al prestador del servicio o dentro del quinto (5°)

día hábil del mes siguiente a aquel en que se efectúe la anotación del comprobante

de pago en el Registro de Compras, lo que ocurra primero.

• Cuando el obligado a efectuar el depósito sea el prestador del servicio:

Dentro del quinto (5°) día hábil siguiente de recibida la totalidad del importe de la

operación.

8. ¿Qué requisitos deben cumplir el Comprobante de Pago (Factura o Boleta de Venta)?

Los comprobantes de pago que se emitan por el servicio de transporte de bienes

realizado por vía terrestre sujeto al Sistema, no podrán incluir operaciones distintas

a esta.

A fi n de identifi car las operaciones sujetas al SPOT, en los comprobantes deberá

consignarse como información no necesariamente impresa la frase:

• La frase: Operación sujeta al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias

con el Gobierno Central.

• El número de Registro otorgado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones

al sujeto que presta el servicio de Transporte de bienes realizado por vía

terrestre, de acuerdo con el Reglamento Nacional de Administración de Transporte,

aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2004-MTC y normas modifi catorias,

cuando cuente con dicho número de registro.

• El valor de referencia correspondiente al servicio prestado, de ser el caso. En estos

casos, se consignará además como información no necesariamente impresa

en el mismo comprobante de pago o documento anexo lo siguiente:

1. El valor referencial preliminar determinado por cada viaje y por cada vehículo

utilizado para la prestación del servicio y, de ser el caso, se deberá indicar la

aplicación del factor de retorno al vacío.

2. La confi guración vehicular de cada unidad de transporte utilizada para la

prestación del servicio y las toneladas métricas correspondientes a dicha

confi guración de acuerdo con el Anexo III del Decreto Supremo N° 010-2006-

MTC publicado el 25 de marzo de 2006.

3. El punto de origen y destino a que se refi ere el inciso d) del artículo 2 del

decreto señalado en el punto anterior, discriminado por cada confi guración

vehicular.

92

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!