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Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)<br />
Al respecto se ha señalado que para evaluar el desempeño de estas entidades se requiere un examen caso a<br />
caso, a fin de determinar en qué medida las principales funciones de gobierno están siendo cubiertas, monitoreadas y<br />
coordinadas. En muchos países, el reto principal ya no es reconocer las necesidades insatisfechas, las discriminaciones<br />
sistemáticas o la indiferencia por parte de la política pública, sino lograr en la práctica la implementación de los<br />
compromisos ya asumidos por los Estados, haciendo efectivos los mandatos de las instituciones creadas para ese fin.<br />
Un ejemplo valioso de este desafío, referente al caso de las personas con discapacidad, se explora en el recuadro III.3.<br />
Recuadro III.3<br />
Avances en la institucionalidad orientada a las personas con discapacidad: el reto de acortar<br />
la distancia entre los principios de jure y su aplicación de facto<br />
Las personas con discapacidad son cada vez más consideradas<br />
tanto en las convenciones de organismos internacionales como en<br />
la legislación nacional de todos los países. En el Convenio sobre la<br />
Readaptación Profesional y el Empleo (Personas Inválidas), 1983<br />
(Núm. 159) de la OIT se hace referencia a la readaptación profesional<br />
y el empleo de personas con discapacidad y explícitamente se<br />
establece el principio de igualdad de oportunidades entre los<br />
trabajadores con discapacidad y los trabajadores en general.<br />
En 1999, en el ámbito de la Organización de los Estados<br />
Americanos (OEA), se aprobó la Convención Interamericana para<br />
la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las<br />
Personas con Discapacidad. En el Marco de Acción de Dakar<br />
sobre Educación para Todos se afirma que la educación es un<br />
derecho fundamental y una necesidad básica para todos los niños,<br />
los jóvenes y los adultos, incluidos aquellos con discapacidades<br />
(UNESCO, 2000). En diciembre de 2006, la Asamblea General de<br />
las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos<br />
de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo.<br />
La Convención se concibió como un instrumento de derechos<br />
con una dimensión explícita de desarrollo <strong>social</strong>.<br />
En todos los países existen instituciones del gobierno central<br />
cuyo objetivo es proteger los derechos de las personas con<br />
discapacidad. En algunos casos, como El Salvador, Guatemala y la<br />
República Dominicana, estas entidades dependen directamente<br />
de la Presidencia de la República, pero en la mayoría de los<br />
países son parte de los ministerios de desarrollo <strong>social</strong>. En<br />
términos generales, su objetivo es proponer, ejecutar y evaluar<br />
la política pública de inclusión <strong>social</strong> de las personas con<br />
discapacidad y sus familias en diferentes ámbitos, tales como<br />
la salud, la educación, la protección <strong>social</strong>, la inclusión laboral<br />
y la accesibilidad en su sentido más amplio. Igualmente, en<br />
los niveles locales, en especial los de mayor tamaño, existen<br />
organismos públicos encargados del bienestar de las personas<br />
con discapacidad y sus derechos.<br />
El acceso a la salud, para el que también existe amplia<br />
legislación en la región, es uno de los temas más avanzados. No<br />
ocurre lo mismo con el acceso a la atención para la rehabilitación,<br />
que en buena parte de los países es provista por organizaciones<br />
no gubernamentales que no logran cubrir las necesidades de toda<br />
la población con discapacidad y cuyos recursos dependen en un<br />
porcentaje considerable de donaciones basadas en la filantropía.<br />
Obstáculos aún mayores se presentan en la educación, tanto en<br />
términos de cobertura como de calidad, el acceso al mercado<br />
laboral y la accesibilidad en el sentido amplio. Si bien existen leyes<br />
u otras normas en que se reconoce el derecho a la educación y<br />
se destaca la importancia del modelo <strong>inclusivo</strong>, y aunque varios<br />
países han establecido la obligación de incluir a las niñas y los<br />
niños con discapacidad en la educación regular, aún son muchos<br />
los que quedan fuera del sistema escolar o bien acceden, pero a<br />
servicios de calidad muy deficiente (BID, 2015; Padilla Muñoz, 2011).<br />
La discapacidad cognitiva es la que más limita la conclusión de<br />
un período de al menos siete años de estudios, en tanto que las<br />
personas con deficiencia visual son las que con mayor frecuencia<br />
alcanzan ese nivel de escolaridad (CEPAL, 2013).<br />
Al igual que en las áreas antes mencionadas, todos los<br />
países cuentan con leyes u otras normas sobre inserción laboral<br />
de las personas con discapacidad. En los programas de inserción<br />
laboral existentes en la región se incluye la capacitación para<br />
incrementar las competencias, mejorar las condiciones de<br />
empleabilidad y apoyar la búsqueda de empleo u ocupación,<br />
así como programas de inserción laboral en el sector privado,<br />
por medio de incentivos a los empleadores para la contratación.<br />
Desafortunadamente, no se cuenta con información que permita<br />
analizar el impacto de este tipo de acciones. Varios países de la<br />
región a han definido cuotas de contratación de personas con<br />
discapacidad, en algunos casos extendidas al sector privado,<br />
como ocurre en el Brasil y el Ecuador; pero es muy escasa la<br />
capacidad disponible para fiscalizar el cumplimiento de dichas<br />
cuotas (OIT, 2012). En este sentido, en 2014 el Uruguay adoptó el<br />
Decreto 79/014, en que se establece que el 4% de los recursos<br />
presupuestarios destinados a la contratación de personal en<br />
cada establecimiento público solo puede ser destinado para<br />
ese fin (véase el decreto en [en línea] www.impo.com.uy/bases/<br />
decretos/79-2014).<br />
No hay duda de que el principal reto institucional en materia<br />
de la discapacidad en la región es que las entidades encargadas<br />
del tema cuenten con los mecanismos, la estructura y el personal<br />
necesarios para mejorar la coordinación y el monitoreo, con el<br />
fin de lograr la efectiva exigibilidad de los derechos y medidas<br />
reconocidos en la legislación y la oferta programática vigente.<br />
Fuente: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), sobre la base de Banco Interamericano de <strong>Desarrollo</strong> (BID), “10 mitos sobre los estudiantes<br />
con discapacidad en América Latina”, 2015; Pedro Luis Castellanos, “Políticas <strong>social</strong>es inclusivas, aportes desde la estrategia Quisqueya sin Miseria”,<br />
2013; CEPAL, Panorama Social de América Latina 2012 (LC/G.2557-P), Santiago, 2013; Organización Internacional del Trabajo (OIT), “Perfil do trabalho<br />
decente no Brasil. Um olhar sobre as unidades da Federação”, 2012; Andrea Padilla Muñoz, “Inclusión educativa de personas con discapacidad”, Revista<br />
Colombiana de Psiquiatría, vol. 40, N° 4, Amsterdam, Elsevier, 2011; Yessenia Tapia Solórzano, “La inserción laboral de las personas con discapacidad y<br />
su incidencia socioeconómica en el Ecuador. Período 2009-2011”, 2012; Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura<br />
(UNESCO), Marco de acción de Dakar. Educación para todos: Cumplir nuestros compromisos comunes, París, 2000.<br />
a<br />
Argentina, Bolivia (Estado Plurinacional de), Brasil, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela (República Bolivariana de).<br />
Capítulo III<br />
También cabe mencionar la relevancia que ha adquirido la institucionalidad dedicada a la protección <strong>social</strong> en años<br />
recientes. Esta abarca una gran diversidad de actores institucionales gubernamentales, desde aquellos explícitamente<br />
encargados del combate a la pobreza y la protección <strong>social</strong> no contributiva, hasta los sistemas tradicionales de seguridad<br />
<strong>social</strong> y los responsables de la regulación del mercado laboral. Un desafío compartido en todos los casos es la necesidad<br />
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