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<strong>Desarrollo</strong> <strong>social</strong> <strong>inclusivo</strong>: una nueva generación de políticas para superar la pobreza...<br />
(quehaceres domésticos y de cuidado), que es muy superior a la de los hombres y le resta tiempo y condiciones<br />
para dedicarse a su inserción laboral. La marcada disminución de la proporción de mujeres sin ingresos propios en<br />
la última década (en 2002 alcanzaba el 42%, mientras la de los hombres era del 15%) se debe principalmente a su<br />
mayor incorporación al mercado laboral, y también a que ellas suelen ser las beneficiarias directas de programas de<br />
transferencias monetarias dirigidos a la superación de la pobreza.<br />
La posibilidad de que las mujeres cuenten con independencia y autonomía económica está determinada<br />
fundamentalmente por sus posibilidades de acceso a un trabajo decente y por el cierre de las brechas de género que<br />
caracterizan el mercado de trabajo en términos de tasas de participación, desempleo y ocupación, nivel de ingresos<br />
y acceso a jubilaciones y pensiones, entre otros indicadores que serán analizados más adelante en ese capítulo.<br />
2. Desigualdades étnicas y raciales: los pueblos indígenas y la población afrodescendiente<br />
El reconocimiento de la especificidad de los derechos de los pueblos indígenas como derechos colectivos y la<br />
promoción y resguardo de los derechos civiles, políticos, económicos, <strong>social</strong>es y culturales de los pueblos indígenas<br />
y afrodescendientes se sustentan en instrumentos del derecho internacional, como la Convención Internacional sobre<br />
la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1965) y el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales,<br />
1989 (Núm. 169) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La Conferencia Mundial contra el Racismo, la<br />
Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, celebrada en Durban (Sudáfrica) en 2001,<br />
fue un momento muy importante de renovación y avance del compromiso internacional en esa materia.<br />
De particular relevancia en el proceso de reconocimiento internacional de los derechos indígenas fue la<br />
aprobación, en 2007, de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que,<br />
entre otros contenidos de gran relevancia, reconoce su derecho al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las<br />
libertades fundamentales; a no ser objeto de ningún tipo de discriminación; a la libre determinación, en virtud de la<br />
cual determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, <strong>social</strong> y cultural;<br />
a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, y a conservar y<br />
reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, <strong>social</strong>es y culturales (Naciones Unidas, 2008). En<br />
América Latina ello ha sido parte de un proceso más amplio e intenso en cuanto al reconocimiento de los pueblos<br />
indígenas y de sus derechos, en diversas constituciones, las que establecen la composición pluricultural o incluso<br />
plurinacional de los Estados y a los pueblos indígenas como sujetos colectivos. Ello ha dado lugar a modificaciones<br />
de legislaciones en 15 países de América Latina 8 . Asimismo, destaca el reconocimiento que algunos países otorgaron<br />
a los derechos de las culturas y lenguas presentes dentro de sus fronteras, lo que en algunos casos también se ha<br />
traducido en reformas constitucionales (Bello y Rangel, 2002; Gargarella y Courtis, 2011; Stavenhagen, 2011) o en<br />
la criminalización del racismo.<br />
Por su parte, el Convenio núm. 169 de la OIT ha cumplido un muy destacado papel al ofrecer una plataforma<br />
programática y normativa amplia, integral y congruente para el reconocimiento de los derechos indígenas. De<br />
22 países que lo han ratificado en el mundo, 15 son de América Latina.<br />
El reconocimiento político y la mayor visibilidad de los pueblos indígenas y afrodescendientes tienen un<br />
correlato positivo en la visibilidad estadística. A partir del año 2000 aumenta el número de países de la región cuyos<br />
censos de población y encuestas de hogares identifican a esas poblaciones. Ello es resultado de la movilización de<br />
sus organizaciones y su incidencia en los ámbitos nacionales y regionales, y de la necesidad de identificar a estos<br />
pueblos y su situación socioeconómica para enfrentar las acentuadas brechas en la implementación de sus derechos<br />
(CEPAL, 2014c; Cruces, Domench y Pinto, 2012; Del Popolo y Schkolnik, 2013).<br />
Actualmente, en América Latina se contabilizan 826 pueblos indígenas reconocidos por los Estados 9 , ya sea<br />
directamente en la legislación o en los instrumentos de política pública, que sumarían más de 46 millones de<br />
8<br />
El 22 y 23 de septiembre de 2014 se celebró en Nueva York la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, que constituyó una<br />
oportunidad de compartir puntos de vista y mejores prácticas para hacer efectivos los derechos de los pueblos indígenas, así como la<br />
consecución de los objetivos de la Declaración de 2007.<br />
9<br />
Sobre la base de estimaciones al año 2010, en los países de la región se observa un panorama muy diverso, donde en un extremo se<br />
ubican el Brasil, con 305 pueblos indígenas, seguido por Colombia (102), el Perú (85) y México (78), y en el otro extremo, Costa Rica<br />
y Panamá, en cada uno de los cuales viven 9 pueblos indígenas, y luego El Salvador (3) y el Uruguay (2) (véase CEPAL, 2014c).<br />
Capítulo I<br />
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