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Desarrollo social inclusivo

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Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)<br />

Con relación a las normativas nacionales y considerando las distintas funciones del área <strong>social</strong>, se observa que<br />

en más de la mitad de los países de América Latina y el Caribe se mencionan en la constitución los derechos a la<br />

salud y a la educación, ámbitos de política en los que a su vez se cuenta con legislación específica. En un tercio de<br />

los países, se considera en la constitución la protección al trabajo y el derecho a la seguridad <strong>social</strong>, y en la misma<br />

cantidad se consigna el derecho a la vivienda, en tanto que en 21 países existe normativa nacional específica sobre<br />

el primer ámbito y solo en 14 países normativa específica sobre el segundo (véase el gráfico III.2).<br />

Gráfico III. 2<br />

América Latina y el Caribe (33 países): existencia de normativa constitucional<br />

y normativa específica en temas <strong>social</strong>es, a septiembre de 2015<br />

(En números de países)<br />

Segmentos de la población Temas sectoriales<br />

<strong>Desarrollo</strong> <strong>social</strong><br />

Protección al trabajo y seguridad <strong>social</strong><br />

Educación<br />

Salud<br />

Vivienda<br />

Mujeres<br />

Niños y adolescentes<br />

Jóvenes<br />

Personas de edad<br />

Personas con discapacidad<br />

0 5 10 15 20 25<br />

Mención en la constitución Normativa específica<br />

Fuente: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), sobre la base de información oficial de los países.<br />

Capítulo III<br />

En cuanto a los derechos acordados para segmentos específicos de la población, las personas con discapacidad<br />

son las que tienen una mención explícita más recurrente en las constituciones de los países de la región (11 países),<br />

seguidas por las personas de edad (8 países) y los niños, niñas y adolescentes (6 países), al mismo tiempo que los<br />

derechos de las mujeres (4 países) y de los jóvenes (1 país) y la definición del racismo como crimen (1 país) tienen las<br />

menores frecuencias de mención a nivel constitucional. En lo que se refiere a las legislaciones nacionales, 14 países<br />

cuentan con marcos normativos específicos sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y 10 con marcos<br />

normativos sobre los derechos de las mujeres.<br />

Cabe destacar que la noción de desarrollo <strong>social</strong> no aparece mencionada en ninguna de las constituciones de<br />

los 33 países latinoamericanos y caribeños, en tanto que solo 9 países cuentan con una legislación específica sobre<br />

el tema. No obstante, muchas constituciones latinoamericanas contienen varias referencias a derechos <strong>social</strong>es,<br />

políticos, culturales y económicos cuya observancia no siempre es efectiva. La real activación de esas disposiciones<br />

constitucionales puede ser un punto de referencia crucial para el cometido de las políticas <strong>social</strong>es y acarrear<br />

exigencias en términos de su diseño e implementación y, con ello, de su institucionalidad.<br />

Persisten, por lo tanto, numerosos desafíos en materia de legislaciones nacionales para dotar a la política <strong>social</strong><br />

de una institucionalidad asentada con mayor solidez. Los acuerdos internacionales ciertamente otorgan una base<br />

legal sobre la que sustentar la política pública pero, como se mencionó antes, menos de la mitad de los países han<br />

ratificado el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y, aun cuando la Convención sobre<br />

la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño<br />

tienen una adhesión casi unánime, su expresión en legislación específica es insuficiente para dar sostenibilidad a<br />

las políticas con un enfoque de Estado en toda la región.<br />

Más allá de la base legal existente, cabe preguntarse si existen o no planes nacionales que permitan traducir las<br />

leyes en intervenciones específicas o que al menos reflejen la existencia de políticas explícitas. De acuerdo con la<br />

revisión de la información disponible en los 33 países, 22 de ellos cuentan con un plan de desarrollo <strong>social</strong>. Esto no<br />

significa que en los 11 restantes no existan políticas mediante las cuales se traten estos temas; sin embargo, estas no<br />

comprenden una estrategia formalmente integral.<br />

Orientar de manera progresiva la política <strong>social</strong> hacia el cumplimiento efectivo de los derechos económicos,<br />

<strong>social</strong>es y culturales supone estrechar la distancia entre los compromisos y mandatos formales, por una parte, y<br />

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