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DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS

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algunos en oposición a esta disposición.<br />

OSHA ha incluido esta disposición en la regla final por varias razones. Primero, OSHA cree que el<br />

sistema de señalización debería incluirse en el programa de adiestramiento del patrono de modo que<br />

los empleados que sean llamados a actuar como personas señales sepan cómo señalizar en forma<br />

apropiada. Esto es específicamente importante cuando un empleado realiza señalización para asistir<br />

en el manejo o movimiento seguro de una máquina o carga. Es también importante que los<br />

empleados conozcan las señales apropiadas en caso de que se deba llamar por ayuda. El empleado<br />

que solicita la ayuda necesita conocer qué medios se va a usar para comunicar la información<br />

necesaria y cómo usar esos medios de comunicación adecuadamente. Además, otros empleados<br />

deben ser adiestrados en cuanto a qué deben escuchar para poder evitar riesgos potenciales o proveer<br />

asistencia. Segundo, OSHA cree que a los empleados que no tienen el adiestramiento necesario no se<br />

debe permitir actuar como persona señal para asistir en el manejo y movimiento de máquinas y<br />

cargas. Cuando no se ha adiestrado adecuadamente a la persona señal, es grande el riesgo de daño a<br />

la persona señal, al operador de la máquina y otros empleados de los alrededores. Tercero, el uso de<br />

personas señal adiestradas debe reducir el potencial de señales conflictivas que pudieran crear un<br />

riesgo.<br />

Líneas eléctricas elevadas<br />

En el párrafo (d)(8)(i) de la regla final, OSHA ha requerido que las operaciones de explotación<br />

maderera cercanas a líneas eléctricas elevadas se haga de acuerdo con los requisitos del<br />

1910.333(c)(3). La regla propuesta repitió algunos de los requisitos del 1910.333(c)(3). La norma de<br />

explotación de madera de pulpa no contenía disposición alguna en cuanto a cables eléctricos<br />

elevados. Todas las normas de explotación maderera estatales contienen restricciones en cuanto a la<br />

tala cerca de líneas de energía.<br />

Se recibió un comentario que trataba acerca del despejo mínimo desde las líneas elevadas (Ex. 5-34).<br />

Este comentador sugirió que cuando se desconoce el voltaje de la línea, y otra información indica<br />

que la línea tiene obviamente alto voltaje, se debe mantener un despejo mínimo de 20 pies de la línea<br />

hasta que el operador del sistema eléctrico establezca el voltaje de la línea. La distancia de<br />

separación recomendada por el comentador proveería un despejo que sería garantizado sólo por una<br />

línea de 350 KV. OSHA cree que es innecesario mantener una distancia de separación tan grande en<br />

esta regla. Las líneas de alto voltaje de este orden de magnitud se encuentran usualmente en torres de<br />

transmisión altas, y por lo tanto es muy improbable que algún empleado entre en contacto con la<br />

línea o tenga algún medio de acercarse a la línea.<br />

OSHA cree que el 1910.333(c)(3) explica en forma clara las precauciones y los despejos que se debe<br />

tener cuando se trabaja cerca de lineas elevadas. OSHA no halla nada que indique que la explotación<br />

maderera sea diferente del resto de la industria general; por lo tanto, la Agencia no cree que una<br />

disposición especial sea necesaria para tratar a la industria de explotación maderera.<br />

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