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DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS

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misma)]@.<br />

Al expresar la prueba en términos de Aamenaza@ y Apeligro@ el Tribunal Superior hizo claro en<br />

ATMI que la no-factibilidad económica comienza faltando poco para la bancarrota de la industria en<br />

general. OSHA misma ha colocado la línea considerablemente por debajo de este nivel. (ver por<br />

ejemplo, ATMI, 452 US. en 527 n. 50; 43 FR 27,360 (23 de junio de 1978). El PEL de 200 g/mg 3<br />

propuesto para el polvo de algodón no presentó serias posibilidades de bancarrota en la industria en<br />

general, pero el impacto en el sector textil sería duro, y posiblemente requeriría la reconstrucción del<br />

90 por ciento de todas las salas de tejeduría. OSHA concluyó que el nivel de 200 g/m 3 no era<br />

factible para la tejeduría y que 750 g/m 3 era todo lo que se podía requerir razonablemente). Ver<br />

también 54 FR 29, 245-246 (11 de julio de 1989); American Iron & Steel Institute, 939 F .2d en<br />

1003. OSHA presentó el nivel de control de ingeniería para el plomo en las fundiciones no-ferrosas<br />

pequeñas para evitar la posibilidad de la bancarrota para cerca de la mitad de las fundiciones<br />

pequeñas aunque la industria en conjunto pudiera haber sobrevivido la pérdida de las firmas<br />

pequeñas. Aunque los reglamentos de polvo de algodón y de plomo implicaron normas de salud, el<br />

límite máximo para la factibilidad económica establecido en estas se aplica igualmente a las normas<br />

de seguridad. De hecho, por ser la factibilidad un elemento necesario de una norma Arazonablemente<br />

necesaria o apropiada@, este término de límite máximo es el mismo para la reglamentación de salud<br />

y de seguridad ya que proviene de la sección 3(8), que rige todas las normas permanentes de OSHA.<br />

Todas las normas de OSHA deben ser también costo-efectivas en el sentido de que las medidas de<br />

protección que se requiere deben ser por lo menos las medidas menos costosas capaces de lograr el<br />

fin deseado (ATMI, en 514 n. 32; Building and Consr. Trades Dep’t, AFL -CÍO y. Brock, 838 F .2d<br />

1258, 1269 (D.C. Cir. 1988)). OSHA da una consideración adicional al impacto financiero al<br />

establecer el periodo de tiempo que se debe permitir para el cumplimiento, permitiendo tanto como<br />

diez años para el cumplimiento en fases. (Ver United Steel Workers of Am. y. Marshall, 647 F .2d<br />

1189, 1278 (D.C. Cir. 1980), cert. denied, 453 US. 913 (1981).) Además, la política de ejecución de<br />

OSHA toma en consideración las dificultades financieras en forma individual. El Manual de<br />

Operaciones de Campo de OSHA dispone que, sobre la base de la situación económica de un<br />

patrono, OSHA puede extender el periodo en el cual se debe corregir una violación después de la<br />

emisión de una citación (CPL. 2.45B, Capitulo III, párrafo E6d(3)(a), 31 de diciembre de 1990).<br />

Para llegar a los hallazgos y las conclusiones necesarias de que una norma de seguridad reduce<br />

sustancialmente un riesgo de daño significativo, de que es tanto tecnológica como económicamente<br />

factible, y que es costo-efectiva, OSHA debe llevar a cabo una reglamentación de acuerdo con los<br />

requisitos de la sección 6 de la Ley OSH. El procedimiento reglamentario le permite determinar la<br />

naturaleza cualitativa y, si es posible, la naturaleza cuantitativa del riesgo con y sin reglamento, la<br />

factibilidad tecnológica del cumplimiento, la disponibilidad de capital para la industria y la medida<br />

en que ese capital se requiere para otros propósitos, el historial de ganancia de la industria, la<br />

capacidad de la industria para absorber los costos o pasarlos al consumidor, el impacto de costos<br />

mayores a demanda, y el impacto en la competencia con sustitutos e importaciones. (Ver ATMI en<br />

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