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DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS

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pendientes emplinadas, donde el arrastre de troncos puede ser imposible (Ex. 2-1). OSHA cree que<br />

esas diferencias pueden afectar lo que constituirían reglas apropiadas para el arrastre por cable para<br />

los estados no-occidentales. POr lo tanto, OSHA cree que este asunto requiere más estudio antes de<br />

que la Agencia promulgue una norma nacional para el arrastre por cable.<br />

Sin embargo, OSHA enfatiza que la exclusión del arrastre por cable es sólo para la contrucción y el<br />

uso del sistema de torno de cable para arrastre mismo. Otras partes de la operación de explotación<br />

maderera que tiene lugar donde hay sistemas de torno de cable para arrastre estarán cubiertas por esta<br />

norma. Así como esta norma extiende la norma de explotación de madera para pasta para cubrir los<br />

mismos riesgos experimentados en otro lugar en la industria de explotación maderera, OSHA cree<br />

que esta norma necesita cubrir estos mismos riesgos cuando se está realizando operaciones de<br />

arrastre por cable. Por ejemplo, los riesgos para los madereros que talan árboles existen<br />

independientemente de cómo se mueva los árboles o troncos alrededor del sitio de trabajo. Con este<br />

fin, la Agencia ha incluido en la norma final la tala de los árboles y las otras operaciones que se<br />

llevan a cabo en conjunto con el uso de un sistema de torno de cable para arrastre.<br />

Debe notarse también que el uso de máquinas de arrastre con cabrestantes para arrojar y recuperar<br />

cable no se considera arrastre por cable para los fines de esta norma. Por lo tanto, esta operación está<br />

cubierta por esta norma de explotación maderera final. En este tipo de recuperación de troncos, una<br />

máquina de arrastre arroja cable, al cual se fija una eslinga estranguladora que se asegura a un árbol o<br />

tronco. Una vez la eslinga se fija al tronco, el cable se enrolla en el tambor y el árbol o tronco se<br />

arrastra al embarcadero mientras está fijado al cable en el cabrestante y apoyado en este. Este<br />

sistema de arrastre al embarcadero se usa con frecuencia cuando la explotación maderera se lleva a<br />

cabo a lo largo de una carretera u otra área donde el acceso al área donde se tala el árbol no es<br />

práctico, y el área donde se maneja el arrastre (arrastrador de troncos) se encuentra en la carretera o<br />

en un área accesible.<br />

En el párrafo (b)(3) de la regla final, OSHA enfatiza que esta norma no es una norma totalmente<br />

"vertical" para las operaciones de explotación maderera. Esto es, los requisitos de esta regla final se<br />

deben complementar con otros requisitos aplicables que se encuentren en algún otro lado en la pare<br />

1910. Cuando hay una disposición correspondiente en otra lugar de la parte 1910 que trate el mismo<br />

riesgo o condición de trabajo como una disposición de la norma de explotación maderera, la<br />

disposición de explotación maderera más específica tiene prioridad para las operaciones de<br />

explotación maderera. Por contraste, cuando la norma de explotación maderera no trata ni cubre las<br />

condiciones de trabajo peligrosas, los otros requisitos de la parte 1910 se aplican. Por ejemplo, los<br />

patronos de la industria de explotación maderera deben proveer protección a los empleados contra la<br />

exposición a ruido en el trabajo al satisfacer los requisitos del 29 CFR 1910.95. Los patronos de esta<br />

industria deben cumplir también con el límite de exposición permisible para el aserrín especificado<br />

en el 20 CFR 1910.1000 y satisfacer los requisitos de saneamiento en el campo del 29 CFR 1910.28.<br />

Varios comentadores plantearon el problema de qué normas se aplican a la construcción de carreteras<br />

y caminos (Ex. 5-16, 5-44 y 5-63). Estos comentadores dijeron que había confusión acerca de si toda<br />

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