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DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS

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de cualquier máquina. Como se discutiera arriba, OSHA ha definido capacidad nominal como la<br />

carga máxima para la que se diseñó un sistema, un vehículo, una máquina o una pieza de equipo.<br />

Esta disposición no se incluía explícitamente en la norma propuesta. En su lugar, se implicaba como<br />

parte del requisito de que los operadores de máquinas cumplieran con los manuales o las<br />

instrucciones de manejo. Sin embargo, la norma de explotación de madera de pulpa sí requería que<br />

por lo menos se adviniera a los operadores acerca de la capacidad de carga de las máquinas.<br />

OSHA cree que es necesario expresar explícitamente este requisito en la norma final. Cuando se<br />

excede la capacidad nominal de la máquina, ocurren accidentes por derribamientos y vuelcos. Como<br />

se discutiera arriba, muchas lesiones y muertes en la explotación maderera son el resultado de<br />

accidentes de derribamientos de máquinas. El estudio del estado de Washington mostró que el nueve<br />

por ciento de las muertes informadas en la explotación maderera resultaron de accidentes de<br />

derribamientos de máquinas (Ex. 4-129). El informe de FCI de OSHA mostró que el 10 por ciento de<br />

las muertes se debieron a accidentes de derribamientos de máquinas (Ex. 4-61). La Agencia cree que<br />

no es suficiente informar meramente a los operadores acerca de la capacidad de la máquina; en lugar<br />

de esto se debe dar instrucciones a los operadores de no exceder las capacidades nominales. Como<br />

parte del adiestramiento de los operadores de máquinas, el operador debe recibir instrucciones<br />

también acerca de cómo mantener la carga dentro de la capacidad nominal y de qué condiciones o<br />

medidas previsibles pueden afectar la capacidad nominal de la máquina.<br />

En el párrafo (f)(2)(iv) de la regla final, OSHA ha requerido que no se maneje máquina alguna en<br />

pendiente alguna que sea mayor de la pendiente máxima recomendada por el fabricante. En la norma<br />

propuesta, este requisito estaba implicado en la disposición de que los operadores cumplan<br />

con los manuales o las instrucciones de manejo. La norma de explotación de madera para pasta había<br />

especificado que se adviniera a los operadores acerca de las limitaciones de estabilidad de la<br />

máquina. Al igual que con el requisito de la capacidad nominal, OSHA cree que esta disposición es<br />

necesaria para reducir el potencial de accidentes de derribamientos y vuelcos de máquinas. Por lo<br />

tanto, la Agencia ha expresado explícitamente este requisito en la norma final.<br />

En el párrafo (f)(2)(v) de la regla final, OSHA ha requerido que el operador determine que ningún<br />

empleado esté en la vía de la máquina antes de encender o mover la máquina. Esta disposición<br />

equipara a la regla propuesta. En la norma de explotación de madera de pulpa, se requería al<br />

operador dar una vuelta completa alrededor de la máquina antes de encendería para asegurarse de<br />

que no había empleado alguno en el área. No hubo comentarios acerca del requisito propuesto.<br />

OSHA cree que esta disposición es necesaria para reducir el número de accidentes cuando los<br />

empleados son golpeados por máquinas. De acuerdo con el estudio del estado de Washington, el 10<br />

por ciento de todas las muertes en la explotación maderera ocurrieron cuando los empleados fueron<br />

golpeados por máquinas (Ex. 4-129). El informe de FCI de OSHA indicó resultados similares. El<br />

ocho por ciento de los empleados muertos fueron golpeados por una máquina de explotación<br />

maderera (Ex. 4-61). Por lo tanto, este requisito se ha retenido en la regla final.<br />

En el párrafo (f)(2)(vi) de la regla final, OSHA ha requerido que se encienda la máquina y se maneje<br />

sólo desde la estación del operador o según lo recomiende de otra forma el fabricante. Este requisito<br />

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