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DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS

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largo de dos árboles de los que se está talando. La regla propuesta y la norma de explotación<br />

maderera del ANSI de 1978 contenían requisitos similares.<br />

OSHA recibió comentarios en apoyo de esta disposición (Ex. 5-29, 5-41, 5-67, 5-70; Tr. W2 163).<br />

Estos comentadores dijeron que el largo de dos árboles ya se usa en la industria para asegurar la<br />

distanciación segura de las áreas de trabajo. Sin embargo, algunos comentadores dijeron que la<br />

disposición debía limitarse (Ex. 5-28, 5-36, 5-39, 5-44, 5-49, 5-53, 5-54, 5-63, 5-<br />

74 hasta 5-92). Un comentador dijo que OSHA debía requerir requisitos de distancia mínima sólo<br />

cuando el control físico de los maderos era impredecible, tal como cuando se tala y se arrastra<br />

troncos (Ex. 5-28). Otros comentadores recomendaron que el requisito se limitara a las pendientes<br />

que son mayores de 25 o 35 por ciento (Ex. 5-21, 5 36, 5-39, 5-63).<br />

El propósito de estos requisitos es proteger a los empleados que se encuentran en áreas de trabajo<br />

ocupadas y adyacentes contra golpes por árboles mal dirigidos. Una de las causas principales de<br />

lesión en la industria de explotación maderera es ser golpeado por un árbol. De acuerdo con la<br />

encuesta WIR, casi una cuarta parte de todos los lesionados fueron golpeados por un árbol (Ex.<br />

2-1). El estudio del estado de Washington demostró que más del 65 por ciento de todos los<br />

empleados murieron cuando fueron golpeados por un árbol o un tronco (Ex. 4-129). Además, el<br />

estudio demostró que casi el nueve por ciento de las muertes informadas resultaron de un empleado<br />

ser golpeado por un árbol que se era talado por otro empleado (Ex. 4-129).<br />

Los empleados pueden ser golpeados por un árbol que cae en la dirección equivocada o por uno que<br />

ruede o se deslice por un terreno en pendiente. No hay discusión en cuanto a que la dificultad<br />

aumenta al tratar de dirigir la tala en terreno a desnivel. OSHA cree que estos requisitos de<br />

distanciamiento del trabajo en la regla final ayudarán a evitar estos tipos de accidentes. Más aún, el<br />

adoptar alguna de las limitaciones que propusieron los comentadores dejaría aún a los empleados<br />

expuestos a otros riesgos previsibles. Ya que la distancia de dos largos de árbol se ha convertido en<br />

práctica aceptada en la industria, parece que la industria misma reconoce la necesidad de un requisito<br />

de distanciación de trabajo mínimo y que la disposición no debe resultar excesivamente onerosa para<br />

establecimiento alguno en la industria.<br />

En el párrafo (d)(6)(ii) de la regla final, OSHA ha requerido también que los patronos evalúen las<br />

condiciones para determinar si se necesita distancia adicional entre áreas de trabajo ocupadas y<br />

adyacentes. Algunas de las condiciones que los patronos deben examinar incluyen el grado de<br />

pendiente, la densidad de la vegetación, la altura de los árboles, la estructura del suelo y otros riesgos<br />

razonablemente anticipados en ese sitio de trabajo. Este párrafo requiere también que se mantenga<br />

una distancia adicional entre áreas de trabajo ocupadas y adyacentes en cualquier pendiente donde es<br />

razonablemente previsible que rueden o se deslicen troncos. Estas disposiciones estaban incluidas<br />

también en la regla propuesta y en distintas normas de explotación maderera estatales (Ex. 2-17, 2-<br />

18, 2-19, 2-20, 2-22, 38J, 38K). La norma de explotación maderera del ANSI de 1978 contenía<br />

también un requisito similar.<br />

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