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Guía práctica Nº 2 / Gaceta Penal<br />

estrategia de defensa, con indicación de una serie de eventos que<br />

luego pueden olvidarse, confundirse o, cuando se dé alguna sustitución<br />

de defensor, incluso desconocerse.<br />

2. La entrevista inicial entre el defensor y su cliente<br />

Del apartado anterior se desprende que el abogado defensor debe hacer<br />

lo posible para dialogar con su representado y conocer los hechos acusados<br />

antes de cualquier diligencia, de lo contrario estaría improvisando,<br />

dejando pasar fases procesales como un mero formalismo, sin ejercer la<br />

defensa técnica que a él corresponde.<br />

En ese sentido, para efectuar la entrevista, el defensor deberá tener<br />

presente [186] :<br />

<br />

<br />

<br />

Conocimiento de la imputación y la acusación. Resulta imposible<br />

iniciar una conversación con el imputado sin tener claridad respecto<br />

al hecho atribuido, así como los medios de convicción recolectados<br />

o en trámite; el defensor tiene derecho a solicitar la denuncia y a conocer<br />

cualquier evidencia (incluso de orden material) para revisarla<br />

(con los cuidados mínimos para no alterarla) y discutirla con su patrocinado.<br />

Esta facultad se va desarrollando durante el proceso penal,<br />

según el escenario de este y la condición del defendido.<br />

Condición de tiempo y lugar. El abogado debe contar con suficiente<br />

tiempo así como disposición para mantener un diálogo claro y privado,<br />

durante el cual tanto él como su representado, solventen todas<br />

sus dudas y definan actuaciones. El derecho a la privacidad de su<br />

comunicación es exigible y está en manos de cada profesional hacerlo<br />

valer.<br />

Guía de entrevista. La independencia es un atributo esencial del<br />

ejercicio profesional de la abogacía; sin embargo, contar con un formato<br />

de entrevista sería lo más adecuado. Así, tenemos el siguiente<br />

formato:<br />

[186] Ibídem, pp. 73 y ss.<br />

168<br />

www.librosderechoperu.blogspot.com

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