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Guía práctica Nº 2 / Gaceta Penal<br />
ante la información que el testigo esté aportando; otra cosa es la<br />
utilización de minutas temáticas que guien al abogado, es decir, un<br />
listado de temas principales sobre los que el testigo debe declarar,<br />
pero nunca un grupo de preguntas completo para ser leído durante la<br />
audiencia. Finalmente, siempre es útil el apoyo de gráficos, es decir,<br />
un apoyo audiovisual, que fortalezca la declaración del testigo.<br />
IV.<br />
El contraexamen del testigo<br />
Una segunda modalidad de interrogar al testigo es el contraexamen.<br />
Esta modalidad se realiza después del examen directo y es ejecutado por<br />
la parte contraria. Sus fines son, por un lado, cuestionar la credibilidad del<br />
testigo que fue examinado anteriormente y, por otro lado, procurar que<br />
el testigo reconozca aspectos positivos para su caso y negativos para el<br />
contrario.<br />
En lo que respecta a la primera finalidad, el contraexamen busca cuestionar<br />
al testigo como fuente de información. En ese sentido, en un sistema<br />
de libre valoración de la prueba la desacreditación del testigo es<br />
necesariamente concreta; hay que darle al juzgador razones reales –en<br />
oposición a meros prejuicios– que permitan efectivamente decir que el<br />
testigo, como fuente de información, no es confiable, es decir, información<br />
concreta; no basta la sola mención que es un drogadicto, alcohólico,<br />
meretriz, etc., porque per se ello no conlleva a considerarlos menos dignos<br />
de confianza –o que es más probable que mienta–, eso es prejuicio.<br />
Por otro lado, en lo que respecta a la segunda finalidad del contraexamen,<br />
esta se desprende en las siguientes acciones:<br />
Desacreditar el testimonio. En este caso, se trata de atacar la credibilidad,<br />
no ya de la persona del testigo, sino de su testimonio. El factor<br />
que clásicamente desacredita más al testimonio está constituido por<br />
las condiciones de percepción. Dichas condiciones pueden pertenecer<br />
a circunstancias personales del testigo (miopía, sordera, estado<br />
mental, temor, consumo de drogas), o bien circunstancias externas<br />
(ruido ambiental, oscuridad, distancia, el hecho de que el objeto sea<br />
igual a muchos otros, etc.).<br />
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