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Juicio oral<br />

narración sucinta de los hechos o de la historia que será presentada y sobre<br />

la que se pretende su aceptación (...) debe ser la trama para la ‘obra’<br />

del fiscal que es el juicio” [131] .<br />

Finalmente, para Salas Beteta es “(...) el planteamiento que la acusación<br />

o la defensa hace sobre los hechos penalmente relevantes, las pruebas<br />

que los sustentan y los fundamentos jurídicos que lo apoyan. Se presenta<br />

en el alegato inicial como una historia que reconstruye los hechos con<br />

propósitos persuasivos hacia el juzgador. Esta historia persuasiva contiene<br />

escenarios, personajes y sentimientos que acompañan toda conducta<br />

humana” [132] .<br />

De este grupo de definiciones se resalta el elemento “narrativo” de la<br />

teoría del caso. Se puede colegir que esta teoría denota la explicación,<br />

desde la óptica del acusador y/o de la defensa, de los hechos materia de<br />

proceso. Sin embargo, no se debe caer en la errónea idea que solo se<br />

está ante una historia, versión o explicación narrada, porque ello se ha<br />

venido dando en la praxis a través de los alegatos, que son las exposiciones,<br />

durante el juicio oral, de los argumentos de hecho y de derecho que<br />

sustentan las pretensiones de las partes.<br />

En efecto, la teoría del caso tiene un significado mayor; las partes deben<br />

efectuar un análisis estratégico del proceso, ordenando y clasificando la<br />

información; deben adecuar los hechos al tipo penal y tener los argumentos<br />

básicos para tomar decisiones importantes. No se le puede reducir<br />

a su fase expositiva, dado que la teoría del caso se construye desde el<br />

primer momento en que se tiene conocimiento de los hechos materia de<br />

proceso, e implica la articulación de varios elementos, como son lo fáctico,<br />

jurídico y probatorio.<br />

Por ende, al referirnos a la construcción y articulación de elementos es<br />

que nos acercamos al segundo modelo conceptual de la teoría del caso,<br />

que permite hablar de una “teoría” y no solamente de una historia persuasiva,<br />

de lo que ocurrió.<br />

[131] Cfr. LOVERA, Claudio. Teoría del caso. Disponible en: .<br />

[132] SALAS BETETA, Christian. Técnicas de litigación oral. Disponible en: .<br />

99<br />

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