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Juicio oral<br />
controlen y aporten circunstancias, aleguen sobre estas y efectúen<br />
sus respectivas peticiones ante el órgano de decisión, el que deberá<br />
fallar conforme a los elementos obrantes. Por definición, es una etapa<br />
dialéctica que exige la neta diferenciación de los sujetos y de la<br />
posición de los órganos de la acusación respecto de la defensa y de<br />
todos estos respecto al tribunal [50] . En ese sentido, el juez no interviene<br />
en la actuación probatoria, salvo contadas excepciones con fines<br />
exclusivamente de esclarecimiento.<br />
<br />
Principio de presunción de inocencia.- En sus orígenes, la inocencia<br />
se tomó como un estado de pureza absoluta; la lectura fue ideológica:<br />
se afirma que las personas al nacer llegan al mundo inocentes y<br />
ese estado pervive en su existencia hasta la muerte. La aplicación en<br />
el proceso penal de esta idea se transmite con igual intensidad: solo la<br />
sentencia judicial puede variar el estado de inocencia. Y por eso cuando<br />
el juez “absuelve”, declara y confirma dicho estado de inocencia [51] ,<br />
mientras que la “condena” es constitutiva, pues a partir de ello nace un<br />
estado jurídico nuevo.<br />
Luigi Lucchini señala que la presunción de inocencia es un “colorario<br />
lógico del fin racional asignado al proceso” y la “primera y fundamental<br />
garantía que el procesamiento asegura al ciudadano: presunción<br />
juris, como suele decirse, esto es, hasta la prueba en contrario” [52] .<br />
Ferrajoli determina que la presunción de inocencia expresa a lo menos<br />
dos significados garantistas a los cuales se encuentra asociada<br />
que son “la regla de tratamiento del imputado, que excluye o restringe<br />
al máximo la limitación de la libertad personal” y “la regla del juicio,<br />
que impone la carga acusatoria de la prueba hasta la absolución en<br />
caso de duda” [53] .<br />
Para Nogueira Alcalá, la presunción de inocencia es el derecho que<br />
tienen todas las personas a que se considere a priori como regla<br />
[50] Cfr. VÁZQUEZ ROSSI. Jorge. Ob. cit., p. 409.<br />
[51] La expresión “estado de inocencia” es empleada por Gozaini, quien señala que le parece difícil explicar que una<br />
persona se presuma inocente cuando se le tiene anticipadamente culpable (por ejemplo, cuando se le dicta el<br />
procesamiento –que es un juicio de probabilidad incriminante–) aplicándole una medida cautelar como la prisión<br />
preventiva, lo que parece una contradicción, Cfr. GOZAÍNI, Osvaldo Alfredo. Derecho Procesal Constitucional,<br />
Editorial de Belgrano, Buenos Aires, 1999, p. 227.<br />
[52] Cfr. LUCCHINI, Luigi. Elemento di procedura penale, Barbera, Florencia, 1995, p. 15.<br />
[53] Cfr. FERRAJOLI, Luigi. Derecho y razón,. 5ª edición, Trotta, Madrid, 2001, p. 551.<br />
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