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Juicio oral<br />

No obstante, no basta con su reconocimiento como órgano constitucional<br />

autónomo y objetivo, tampoco con darle la dirección de la investigación<br />

penal, sino que la verdadera revolución del Ministerio Público estará dada<br />

cuando se desembarace de las dilaciones y distorsiones que el actual<br />

proceso penal sufre, disponga de los recursos económicos, logísticos y<br />

sobre todo humanos, y maneje adecuadamente las herramientas de investigación<br />

y de presentación del caso, técnicas de interrogatorio, como<br />

del contrainterrogatorio, etc.<br />

Por otro lado, el fiscal tiene un papel fundamental durante el juicio oral,<br />

pues tiene como atribución legal y constitucional preparar la acción penal<br />

pública a través de la acusación y, por lo tanto, la carga de la prueba. Con<br />

base en las investigaciones desarrolladas en la etapa preparatoria buscará<br />

demostrar en juicio la existencia del hecho definido como delictivo, así<br />

como la participación y responsabilidad del imputado. La acusación fiscal<br />

presenta el caso fundamentando y explicando la comisión de los hechos,<br />

sus circunstancias y el grado de participación de los involucrados, y ofreciendo<br />

las pruebas que acrediten esa convicción acusatoria.<br />

Sin embargo, sus estrategias, herramientas y técnicas de litigación, como<br />

el de los demás sujetos procesales, serán tratadas, con exhaustividad, en<br />

los siguientes capítulos.<br />

IV.<br />

El rol de la víctima en el juicio oral<br />

El proceso penal no tiene solo como objetivo el descubrimiento de la verdad<br />

material y, en su caso, imponer al inculpado la sanción prevista en la ley<br />

penal, sino también la realización de pretensiones de carácter patrimonial<br />

que se derivan del hecho punible y a las cuales tienen derecho la víctima<br />

del delito llamada también agraviado o perjudicado por el ilícito [105] .<br />

Víctima es aquella persona que ve afectados sus bienes jurídicos o disminuida<br />

la capacidad de disposición de ellos como consecuencia de una<br />

conducta infractora de una norma jurídico-penal [106] .<br />

[105] Cfr. SÁNCHEZ VELARDE, Pablo. Ob. cit., p. 150.<br />

[106] Cfr. PEÑA FREYRE, Gonzalo. “La victimología”. En: Libro Homenaje al Profesor Raúl Peña Cabrera, tomo II, Ara<br />

Editores, Lima, 2006, p. 822.<br />

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