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nos de reírse de lo frívolo de tal<br />

distinción, y admirar la prudencia<br />

de estos príncipes, que no le dan<br />

en su Córte j no obstante, el abuso<br />

de una cosa no ba de ser causa<br />

de proscribirle enteramente. E n llegando<br />

á este esccso , la tal distinción<br />

es una invención ridicula j teniendo<br />

sus lím ites, es una cosa prudente, y<br />

aun necesaria. Cuando el órdeu llega<br />

á ser la recompensa de personas<br />

acomodadas, que gozan empleos, que<br />

el soberano no puede dotar competentemente:<br />

cuando sirve para establecer<br />

el órdeu en uua Córte, ó en<br />

una rcpiíblica: cuando se dú como<br />

un tributo á la prudencia, y al entendimiento<br />

: cuando no se concede<br />

por bagatelas, es un establecimiento<br />

muy ju sto, por que si se quita la<br />

consideración csterior, que está aneja<br />

á los empleos , el bombre no puede<br />

servir, sino por el interés 5 en<br />

una palabra, la distinción es una cosa<br />

muy puesta en razón en manos

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