07.06.2013 Views

• íáí- - DSpace CEU

• íáí- - DSpace CEU

• íáí- - DSpace CEU

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

primera tiecesidady para el cual niuguu<br />

soberano debe jamas concedcr monopolio<br />

alguno. Es preciso comprar cl<br />

secreto á cualquier precio que sea, para<br />

comunicarle á algunos súbditos, y á<br />

cierto tiempo comunicarle á todos ; y<br />

aun en el caso de que la manufactura<br />

no produzca mas que obras de lujo , es<br />

conveniente que entre en manos del<br />

público inmediatamente que espire el<br />

plazo del monopolio. Bste es ántes un<br />

tributo concedido al mérito de la invención,<br />

que un monopolio perpètuo.<br />

£1 segundo caso acaece, cuando la fábrica<br />

es de tal naturaleza , que su empresa<br />

ecsije fondos considerables, que<br />

solo puede aprontarlos el soberano por<br />

s í, o una compañía de dcsinteresadus<br />

particulares acomodados.<br />

£n este caso es licito al soberano el<br />

encargarse de ella , o cl conceder algunos<br />

privilegios esclusivos á la compañía<br />

, que la emprende, sin permitir<br />

que los particulares se arruinen á s í,<br />

y á la fábrica privilegiada que quieren

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!