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que los recursos locales privados fueran insuficientes, como forma de contrarrestar la hegemonía de las<br />

agencias informativas transnacionales.<br />

Fue entonces que los gobiernos de Ronald Reagan en los Estados Unidos y de Margaret Thatcher en el<br />

Reino Unido acusaron a la Unesco de propiciar a través del Informe MacBride una “sovietización” de<br />

los sistemas informativos y de atentar contra el “libre flujo” en la circulación de las informaciones.<br />

El Informe MacBride fue aprobado y publicado en 1980. La primera réplica institucional en gran escala<br />

a sus propuestas emanó de la Conferencia de Talloires, convocada en el balneario alpino francés del<br />

mismo nombre del 15 al 17 de mayo de 1981 por el Comité Mundial de la Libertad de Prensa (WPFC,<br />

por su sigla en inglés), una suerte de estado mayor de los empresarios de la prensa. Allí se reunieron<br />

representantes de 21 países a través de 63 delegados, entre los cuales estuvo paradojalmente Jean<br />

D’Arcy 29 .<br />

El creador del concepto del Derecho a la Comunicación (fallecido en 1983) pareció jugar allí un papel<br />

de “profeta autotraicionado”. El Comité Mundial de la Libertad de Prensa ha sido desde entonces un<br />

sistemático detractor de ese derecho, como quedó de manifiesto en la Cumbre Mundial de la Sociedad<br />

de la Información, celebrada en dos etapas entre 2003 y 2005 en Ginebra y en Túnez.<br />

La Declaración de Talloires 30 fustigó duramente a la Unesco. En su parte propositiva incluyó 10 puntos<br />

para rematar con la proclama de que “la libertad de prensa es un derecho humano básico”. Resulta<br />

interesante detenerse, para los efectos de esta ponencia, en el tercer acápite del punto 9: “No debe haber<br />

códigos internacionales de ética periodística; la pluralidad de visiones hace esto imposible. Si los<br />

códigos de ética periodística son adoptados al interior de un país, deben ser formulados por la propia<br />

prensa y su aplicación debe ser voluntaria. No pueden ser formulados, impuestos ni monitoreados por<br />

los gobiernos sin llegar a ser un instrumento oficial de control de la prensa y consecuentemente una<br />

negación de la libertad de prensa”.<br />

Otro de los acápites del punto 9 dejó establecido el rechazo del WPFC y sus seguidores a que existan<br />

licencias o colegiaturas para ejercer el periodismo.<br />

Las posiciones empresariales no han cambiado sustantivamente desde 1981. La SIP en el continente<br />

americano rechaza la existencia de organismos supervisores de la ética al margen de las organizaciones<br />

de dueños de medios y recomienda la autorregulación para impedir trasgresiones éticas en la prensa<br />

escrita, la televisión o la radio. En Chile, por ejemplo, existe un Consejo de Ética de los Medios de<br />

Comunicación, creado por la Asociación Nacional de la Prensa, la Asociación de Radiodifusores y la<br />

Asociación de Canales de Televisión, cuya función primordial es “promover la autorregulación”,<br />

aunque no cuenta con ningún código específico para esos fines.<br />

Aunque no aparece caracterizado como tribunal ético, el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) está<br />

facultado para supervisar, controlar y castigar contenidos programáticos de los canales de carácter<br />

discriminatorio, de violencia o de utilización y abuso de menores, entre otros aspectos. La lógica<br />

binominal que ha regido en los organismos reguladores de la televisión abierta ha distorsionado en<br />

ocasiones fallos del CNTV y le resta completa legitimidad.<br />

El Colegio de Periodistas sí cuenta en cambio con un Código y un Tribunal de Ética. Pero en virtud de<br />

la Ley de Prensa del año 2010 solo puede juzgar a sus miembros, en circunstancias de que la propia ley<br />

faculta que hagan trabajo de periodistas personas sin colegiatura y sin el respectivo título universitario.<br />

29 Ver González Rodríguez, Gustavo, New scenarios for the Right to Communicate in Latin America, en From NWICO to<br />

WSIS. Intellect Bristol, UK. 2012. Pags. 69-79.<br />

30 Ver texto completo en inglés en http://www.wpfc.org/DeclarationofTalloires.html.<br />

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