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ESTADO DEL ARTE EN PSICOLOGIA: APORTES DESDE ... - Inicio

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Psicología Jurídica Penitenciaria 29<br />

castigar a través de la privación de la misma (Tamarit, Sapena y García, 1996,<br />

Citados en Ruiz (2008), conceptualizando lentamente lo que a futuro se conocería<br />

como prisión. Abad, Dueñas, Carmona, Carrasco, Fernández, Fernández–Osuna,<br />

Hernández, Herrera, Márkez, Ramos, Rendueles, Santos, y Roig, (2003) definen la<br />

prisión como un espacio que limita la libertad del ser humano ya es “per se” una<br />

institución que puede generar un alto poder patógeno sobre la vida mental de los<br />

internados. Este poder patógeno se sustenta de la ruptura con la cotidianidad, con<br />

las diferentes redes y la inserción en un medio de privaciones se convierte en un<br />

evento traumático (Ruiz, 2007), que como cualquiera, deja una huella en la psiquis<br />

que requiere atención profesional.<br />

A nombre de esta situación de vulneración psíquica, la psicología jurídica<br />

responde con la especialización de los campos y surge la Psicología Penitenciaria,<br />

que Abad y Cols (2003), definen así: La psicología penitenciaria es un área de<br />

especialización de la Psicología Jurídica, toda vez que se enmarca en el sistema de<br />

administración de justicia, al estar referida al psicodiagnóstico, intervención y<br />

tratamiento de la población penal.<br />

“la tarea de la rehabilitación social” como la definen Garayoa y Arozarena, 1990<br />

(Citados en Pérez, 2005), no solo declara la intencionalidad de la psicología<br />

penitenciaria y su importancia en los procesos de resocialización; si no que el hecho<br />

de definirla de esta forma, favoreció históricamente su posicionamiento dentro del<br />

medio penitenciario, especialmente en labores de tipo forense, y esto posteriormente<br />

desemboco en un gran requerimiento de psicólogos de esta especialidad en las<br />

instituciones carcelarias.<br />

La psicología jurídica justifica su actuar en el entorno penitenciario en una<br />

dimensión psicológica: el abordaje de las causas internas de la conducta desviada<br />

planteado por la Escuela Positivista Italiana. Es el delito como síntoma de una<br />

enfermedad que debe curarse. (Ruiz, 2008).<br />

Pero de forma que se enmarque de una forma consistente en el sistema<br />

penitenciario, Ruiz (2008), propone que los psicólogos y psicólogas penitenciarios/as<br />

deben insertar su actividad profesional en el marco de grupos de trabajo<br />

interdisciplinares en donde también participan trabajadores sociales, juristas,

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