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de evidencia en los dispositivos monitoreados es silenciosa y la trasmisión de los datos recolectados desde el<br />

dispositivo al servidor del RCS está encriptada y no es rastreable”.<br />

398. Organizaciones de la sociedad civil en Colombia manifestaron su preocupación por la débil<br />

legislación sobre las actividades de inteligencia en Colombia, lo que facilitaría el uso de herramientas<br />

tecnológicas invasivas, desproporcionadas y sin control efectivo. Además, denunciaron que la posibilidad de<br />

este tipo de sistema de control remoto en manos de la inteligencia colombiana les provoca sospechas acerca<br />

de la imposibilidad del Estado de controlar usos indebidos y alertaron sobre la posible comisión de delitos a<br />

partir de herramientas contratadas por el Estado colombiano 539 .<br />

399. Por su parte, la Policía Nacional se habría pronunciado aclarando que no ha tenido ningún<br />

vínculo comercial con el Hacking Team pero reconoció que en el 2013 la institución adquirió una herramienta<br />

tecnológica a dicha empresa, para “potencializar la capacidad de detección de amenazas del terrorismo y<br />

criminalidad organizada en el ciberespacio colombiano” 540 .<br />

400. La Relatoría Especial recuerda que de acuerdo con los estándares internacionales, el uso de<br />

programas o sistemas de vigilancia en las comunicaciones privadas debe estar establecido de manera clara y<br />

precisa en la ley, ser verdaderamente excepcional y selectivo, y estar limitado en función a lo estrictamente<br />

necesario para el cumplimiento de fines imperativos como la investigación de delitos graves definidos en la<br />

legislación. Tales restricciones deben ser estrictamente proporcionadas y cumplir con las normas<br />

internacionales sobre el derecho a la libertad de expresión. Esta oficina ha expresado que la vigilancia de las<br />

comunicaciones y las injerencias a la privacidad que excedan lo estipulado en la ley, que se orienten a<br />

finalidades distintas a las autorizadas por ésta o las que se realicen de manera clandestina deben ser<br />

drásticamente sancionadas. Esta injerencia ilegítima incluye aquellas realizada por motivos políticos contra<br />

defensores de derechos humanos, periodistas y medios de comunicación independientes.<br />

401. Si bien los posibles vínculos con la empresa Hacking team comprometieron a varios estados<br />

del hemisferio, es importante señalar que en el caso de Colombia la CIDH ha recibido información de casos de<br />

vigilancia anteriores. Entre ellos, los relacionados con el extinto DAS y, más recientemente en 2014, en su<br />

informe anual, la Relatoría Especial alertó sobre hechos que involucraban a la Central de Inteligencia Militar<br />

con presuntas interceptaciones a los negociadores de paz y periodistas que lo cubren 541 . Organizaciones<br />

señalan que dichas conductas se han convertido en una parte integrante del conflicto que ha vivido Colombia,<br />

generando que coexistan sin control sistemas de vigilancia que pueden ser usados indebidamente 542 . Además,<br />

han denunciado que la legislación en materia de vigilancia a las comunicaciones es dispersa e incompleta e<br />

incluso en ocasiones la legislación ha sido adoptada con posterioridad a la aplicación de técnicas y estrategias<br />

de vigilancia 543 .<br />

402. A comienzos de diciembre, la Relatoría Especial tuvo conocimiento de las denuncias de<br />

posibles seguimientos ilegales que habrían realizado miembros de la Policía Nacional a los periodistas Vicky<br />

Dávila, Juan Pablo Barrientos y Claudia Morales como resultado de denuncias que estos habían hecho sobre<br />

una posible red de prostitución y de actos de corrupción al interior de la Policía Nacional. Tanto Dávila como<br />

539<br />

Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), Dejusticia, Fundación Karisma y<br />

Colnodo. Pronunciamiento conjunto. 30 de julio de 2015. Policía colombiana debe aclarar su relación con “Hacking Team”.<br />

540<br />

El Tiempo. 8 de julio de 2015. Policía indicó no tener vínculos comerciales con firma Hacking Team; W Radio. 8 de julio de<br />

2015. Policía Nacional niega vínculo con la firma Hacking Team; Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), Comisión Colombiana de<br />

Juristas (CCJ), Dejusticia, Fundación Karisma y Colnodo. Pronunciamiento conjunto. 30 de julio de 2015. Policía colombiana debe aclarar<br />

su relación con “Hacking Team”.<br />

541<br />

CIDH. Informe anual 2014. Informe anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo II (Evaluación<br />

sobre el estado de la Libertad de Expresión en el Hemisferio). OEA/Ser.L/V/II Doc. 13. 9 de marzo de 2015. Párrafo 292.<br />

542<br />

Privacy International. Agosto de 2015. Un estado en la sombra: vigilancia y orden público en Colombia. Página 7.<br />

543<br />

Electronic Frontier Foundation, Fundación Karisma, Comisión Colombiana de Juristas. Mayo de 2015. Vigilancia de las<br />

comunicaciones por la autoridad y protección de los derechos fundamentales en Colombia. Página 6.<br />

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