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969. Por su parte, el diputado Carlos Lagrand comentó vía Twitter: “Periodista Gerardo Mercado<br />

del PLI fue agredido por turbas pandilleras, le robaron cartera, celular y dañaron cámara”(sic) 1235 .<br />

970. La CIDH ha reiterado que la protesta social es una herramienta fundamental para la labor de<br />

defensa de los derechos humanos y esencial para la expresión crítica política y social de las actividades de las<br />

autoridades. La Comisión ha señalado que “resulta en principio inadmisible la penalización per se de las<br />

demostraciones en la vía pública cuando se realizan en el marco del derecho a la libertad de expresión y del<br />

derecho de reunión” 1236 y que “el ejercicio del derecho de reunión a través de la protesta social no debe<br />

sujetarse a una autorización por parte de las autoridades ni a requisitos excesivos que dificulten su<br />

realización” 1237 .<br />

971. Asimismo, en la Declaración Conjunta sobre violencia contra los y las periodistas en el marco<br />

de manifestaciones sociales, adoptada en 2013, se indica que los derechos de reunión y libertad de expresión<br />

“son fundamentales y su garantía es una condición necesaria para la existencia y el funcionamiento de una<br />

sociedad democrática. Un Estado puede imponer limitaciones razonables a las manifestaciones con el fin de<br />

asegurar el desarrollo pacífico de las mismas o dispersar aquellas que se tornan violentas, siempre que tales<br />

límites se encuentren regidos por los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Además, la<br />

desconcentración de una manifestación debe justificarse en el deber de protección de las personas, y deben<br />

utilizarse las medidas más seguras y menos lesivas para los manifestantes. El uso de la fuerza en<br />

manifestaciones públicas debe ser excepcional y en circunstancias estrictamente necesarias conforme a los<br />

principios internacionalmente reconocidos” 1238 .<br />

972. Finalmente, la Comisión Interamericana ha encontrado que cualquier clase de injerencia<br />

arbitraria o abusiva que afecte la privacidad de las y los defensores de derechos humanos y sus<br />

organizaciones, se encuentra prohibida por la Declaración y la Convención Americanas 1239 .<br />

C. Responsabilidades ulteriores<br />

973. El teniente primero y médico del Ejército Yader Nicolás Montiel Meza fue condenado el 10 de<br />

marzo por el "delito contra el decoro militar" en un juicio promovido por el Ejército de Nicaragua. Aunque<br />

supuestamente debía de ser en audiencia pública, no se permitió el acceso de la prensa. El militar había sido<br />

puesto en prisión desde el 8 de enero por haber expresado su solidaridad con campesinos de la comunidad de<br />

El Tule, ubicada en el departamento de Río San Juan, reprimidos por la Policía el 24 de diciembre de 2014<br />

cuando protestaban contra los planes expropiatorios del gobierno de Daniel Ortega para la construcción de<br />

un canal interoceánico. El Centro Nicaraguense de Derechos Humanos (Cenidh) dijo haber “recibido 28<br />

denuncias y testimonios de pobladores que fueron amenazados, encarcelados, golpeados y torturados por<br />

parte de la Policía Nacional el 24 de diciembre de 2014, durante la represión a la manifestación que habían<br />

iniciado desde el 16 de diciembre de ese año” 1240 .<br />

1235<br />

“Periodista Gerardo Mercado del Pli fue agredido por turbas pandilleras, le robaron cartera, celular y dañaron cámara”.<br />

Cuenta de Twitter de Carlos Langrand @clangrand. 11 de noviembre de 2015- 10:08 AM.<br />

197.<br />

1236<br />

CIDH. Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos. OEA/Ser.L/V/II.Doc.57. 31 de diciembre de 2009. Párr.<br />

1237<br />

CIDH. Segundo Informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas.<br />

OEA/Ser.L/V/II. Doc. 66. 31 de diciembre de 2011. Párr. 139.<br />

1238<br />

Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU) para la Protección y Promoción del Derecho a la Libertad de Opinión y de<br />

Expresión y Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. 13 de<br />

septiembre de 2013. Declaración conjunta sobre violencia contra periodistas y comunicadores en el marco de manifestaciones sociales.<br />

1239<br />

CIDH. Segundo Informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas.<br />

OEA/Ser.L/V/II. Doc. 66. 31 de diciembre de 2011. Párr. 58.<br />

1240<br />

La Prensa. 10 de marzo de 2015. Solicitan anulación de juicio a militar; Fox News Latino. 10 de marzo de 2015. Declaran<br />

culpable a militar por faltar al decoro del Ejército de Nicaragua; Confidencial. 10 de marzo de 2015. Ejército condena a médico militar;<br />

Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh). 9 de enero de 2015. CENIDH continúa documentación de represión policial del 24 de<br />

diciembre en El Tule.<br />

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