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Constitución; la cual establece el derecho a la manifestación pacífica y prohíbe el uso de armas de fuego y<br />

sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas 1446 .<br />

1141. Durante las audiencias sostenidas en marzo de 2015, las organizaciones de la sociedad civil<br />

brindaron mayor información a la CIDH sobre esta normativa, indicando que es la única que regula las fuerzas<br />

armadas en el control del orden público en los casos de reuniones y manifestaciones, lo que implica que la<br />

regulación del uso de la fuerza no cuenta con carácter legislativo 1447 . Asimismo, resaltaron que esta<br />

resolución permite el uso de armas potencialmente mortales 1448 . Las organizaciones de derechos humanos<br />

también plantearon sus preocupaciones respecto de esta norma ante el Comité de Derechos Humanos de la<br />

ONU en junio de este año 1449 .<br />

1142. Al respecto, la Comisión reitera que la protesta social como una manifestación de los<br />

derechos de reunión y libertad de expresión, es una herramienta fundamental para la defensa de los derechos<br />

humanos, esencial para la expresión crítica política y social de las actividades de las autoridades, así como<br />

para la fijación de posiciones y planes de acción respecto de los derechos humanos 1450 .<br />

1143. Al respecto, la Comisión ha considerado que los agentes pueden imponer limitaciones<br />

razonables a los manifestantes para asegurar que sean pacíficos o para contener a los que son violentos, así<br />

como dispersar manifestaciones que se tornaron violentas u obstructivas 1451 . No obstante, la Comisión ha<br />

sido enfática al indicar que “el accionar de las fuerzas de seguridad no debe desincentivar el derecho de<br />

reunión sino protegerlo, por ello también la desconcentración de una manifestación debe justificarse en el<br />

deber de protección de las personas”. En este sentido, los operativos de seguridad desplegados en estos<br />

contextos deben contemplar las medidas de desconcentración más seguras, rápidas y menos lesivas para los<br />

manifestantes 1452 .<br />

1144. En otra de las manifestaciones llevadas a cabo en 2015, el 24 de febrero, el estudiante<br />

Kluibert Roa, de 14 años de edad, recibió un disparo en la cabeza en una protesta que devino en<br />

enfrentamientos entre estudiantes y fuerzas de seguridad del Estado en los alrededores de la Universidad<br />

Católica del Táchira. La información recibida indica que Kluibert Roa no participaba de la protesta. El<br />

Ministerio Público informó de la detención de un agente policial por estos hechos, y anunció la apertura de<br />

una investigación 1453 .<br />

1446<br />

ONU. OACNUDH: sobre control de manifestaciones públicas en Venezuela, 10 de febrero de 2015.<br />

1447<br />

Información presentada por la sociedad civil durante la audiencia sobre la Situación General de los Derechos Humanos en<br />

Venezuela, en el 154º período ordinario de sesiones de la CIDH, 17 de marzo de 2015.<br />

1448<br />

Información presentada por la sociedad civil durante la audiencia sobre la Situación General de los Derechos Humanos en<br />

Venezuela, en el 154º período ordinario de sesiones de la CIDH 17 de marzo de 2015.<br />

1449<br />

OMCT y COFAVIC, Informe Alternativo al Cuarto Informe Periódico Universal de la República Bolivariana de Venezuela<br />

sobre el complimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos al Comité de Derechos Humanos de la ONU. Elaborado por:<br />

Coalición de organizaciones no gubernamentales de Venezuela, instituciones académicas y sociedad civil organizada, junio 2015;<br />

International Bar Association, Comisión Internacional de Juristas y Asociación Internacional de Jueces. Informe alternativo conjunto al<br />

examen del cuarto informe periódico de la República Bolivariana de Venezuela presentado al Comité de Derechos Humanos, 114 Sesión<br />

del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 29 de junio a 24 de julio de 2015, pág. 14; AI. Venezuela, Submission to the<br />

United Nations Human Rights Committee, 114th Session, 29 June-24 July 2015.<br />

1450<br />

CIDH. Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas.<br />

OEA/Ser.L/V/II. Doc. 66. 31 de diciembre, 2011, párr. 129.<br />

de 2015.<br />

de 2015.<br />

Venezuela,<br />

1451<br />

Carta remitida por la CIDH al Estado de Venezuela en el marco de las atribuciones del art. 18 de su Estatuto, 18 de febrero<br />

1452<br />

Carta remitida por la CIDH al Estado de Venezuela en el marco de las atribuciones del art. 18 de su Estatuto, 18 de febrero<br />

1453<br />

CIDH. 3 de marzo de 2015. Comunicado de prensa 22/15. CIDH lamenta la muerte de estudiante durante manifestaciones en<br />

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