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México 1594 ; Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez (“Campo<br />

Algodonero”) Vs. México 1595 ; y Penal Miguel Castro Castro Vs. Perú 1596 , entre otros.<br />

3. Si bien la Comisión Interamericana ha adoptado varios informes regionales enfocados en el<br />

acceso a la justicia, la violencia y la discriminación contra las mujeres, sólo recientemente ha comenzado a<br />

examinar en mayor detalle el acceso a la información desde una perspectiva de género. Al respecto, la CIDH<br />

ha afirmado que el acceso a la información está estrechamente vinculado con el disfrute de otros derechos<br />

humanos fundamentales de las mujeres, como su derecho a la integridad personal, a la privacidad, a la<br />

protección de la familia y a vivir libres de violencia y discriminación 1597 . Así, por ejemplo, en el ámbito de la<br />

salud la CIDH ha sostenido que el derecho de acceso a la información es especialmente relevante para<br />

asegurar que las mujeres estén en condiciones de tomar decisiones libres e informadas respecto de su<br />

sexualidad y reproducción 1598 .<br />

4. En tal sentido, este informe se centra en el acceso a la información en su dimensión de<br />

derecho instrumental para el respeto y garantía del derecho de las mujeres a vivir libres de violencia y<br />

discriminación. En este marco, la Comisión expondrá primero los principales estándares internacionales en<br />

esta materia y luego examinará información recibida de tanto actores estatales y no estatales sobre<br />

principales desafíos que enfrentan las mujeres para acceder a información fundamental para el ejercicio de<br />

sus derechos en los ámbitos de la administración de la justicia; la implementación de legislación y programas<br />

de prevención, atención y protección frente a la violencia y discriminación; y la recolección y producción<br />

estatal de información y estadísticas. Más adelante el informe discute información recibida por los Estados<br />

sobre esfuerzos que están llevando a cabo en los ámbitos referidos sobre el acceso a la información, y<br />

finalmente realiza recomendaciones a los Estados en esta materia.<br />

2. Metodología<br />

5. Para la elaboración de este informe, la Comisión realizó una serie de actividades destinadas a<br />

recopilar información sobre la situación del derecho de acceso a la información referida a la violencia y<br />

discriminación contra las mujeres en la región.<br />

6. Como parte de dichas actividades, la CIDH circuló un cuestionario de consulta a los Estados y<br />

la sociedad civil con el objeto de recopilar información relevante acerca de los principales desafíos que<br />

enfrentan las mujeres para tener un acceso adecuado a la información manejada por el Estado en materia de<br />

violencia y discriminación 1599 . La CIDH agradece a los Estados que respondieron el cuestionario, así como a<br />

las organizaciones de la sociedad civil que también hicieron llegar sus respuestas la Comisión 1600 .<br />

1594<br />

Corte IDH. Caso Fernández Ortega y otros. Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 30<br />

de agosto de 2010 Serie C No. 215.<br />

1595<br />

Corte IDH. Caso González y otras (“Campo Algodonero”) Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas.<br />

Sentencia de 16 de noviembre de 2009. Serie C No. 20<br />

1596<br />

Corte IDH. Caso del Penal Miguel Castro Castro Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de<br />

2006. Serie C No. 160.<br />

1597<br />

CIDH. El derecho de acceso a la información en el marco jurídico Interamericano, Segunda Edición, Relatoría Especial para la<br />

Libertad de Expresión, 7 de marzo de 2011, párr. 4; CIDH, Acceso a la información en materia reproductiva desde una perspectiva de<br />

derechos humanos, 22 de noviembre de 2011, párr. 1, 26, 31.<br />

2011.<br />

1598<br />

CIDH, Acceso a la información en materia reproductiva desde una perspectiva de derechos humanos, 22 de noviembre de<br />

1599<br />

Véase, Anexo, Cuestionario circulado por la CIDH sobre El acceso a la información desde una perspectiva de género en las<br />

Américas, 29 de marzo de 2014 (en adelante “Cuestionario”).<br />

1600<br />

Los Estados que enviaron sus respuestas al cuestionario elaborado por la Comisión fueron: Argentina, Bolivia, Colombia,<br />

Ecuador, Estados Unidos, Guatemala, Guyana, México, Paraguay, Perú y Surinam. Asimismo, la Comisión recibió la respuesta al<br />

cuestionario elaborada por la Comisión Interamericana de Mujeres, la organización Alianza Política Sector de Mujeres de Guatemala, así<br />

como las respuestas al cuestionario recopiladas por la Red Pro Bono Internacional respecto de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia,<br />

México, Panamá, Perú y Venezuela y el Proyecto sobre Debida Diligencia.<br />

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