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medidas que toma el Gobierno” y que seguiría “adelante con la defensa de la democracia y por la vigencia de<br />

un estado de derecho” 709 .<br />

537. Como en sus informes anuales anteriores, la Relatoría Especial reitera la importancia de<br />

crear un clima de respeto y tolerancia hacia todas las ideas y opiniones. La Relatoría Especial recuerda que la<br />

diversidad, el pluralismo y el respeto por la difusión de todas las ideas y opiniones, son condiciones<br />

fundamentales en cualquier sociedad democrática. En consecuencia, las autoridades deben contribuir<br />

decisivamente a la construcción de un clima de tolerancia y respeto en el cual todas las personas puedan<br />

expresar su pensamiento y opiniones sin miedo a ser agredidas, sancionadas o estigmatizadas por ello.<br />

Asimismo, el deber del Estado de crear las condiciones que permitan que todas las ideas u opiniones puedan<br />

ser libremente difundidas, incluye la obligación de investigar y sancionar adecuadamente, a quienes usan la<br />

violencia para silenciar a los comunicadores o a los medios de comunicación 710 . Igualmente, la Relatoría<br />

Especial recuerda que la libertad de expresión debe garantizarse no sólo en cuanto a la difusión de ideas e<br />

informaciones recibidas favorablemente o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también en cuanto a<br />

las que ofenden, chocan, inquietan, resultan ingratas o perturban al Estado o a cualquier sector de la<br />

población 711 .<br />

538. La Relatoría Especial recuerda que los funcionarios públicos tienen el deber de asegurarse<br />

que con sus pronunciamientos no están lesionando los derechos de quienes contribuyen a la deliberación<br />

pública mediante la expresión y difusión de su pensamiento, tales como periodistas, medios de comunicación<br />

y organizaciones defensoras de derechos humanos, y deben atender al contexto en el cual se expresan para<br />

asegurarse que sus expresiones no constituyan, en palabras de la Corte, “formas de injerencia directa o<br />

indirecta o presión lesiva en los derechos de quienes pretenden contribuir a la deliberación pública mediante<br />

la expresión y difusión de su pensamiento” 712 .<br />

H. Internet y libertad de expresión<br />

539. La Relatoría Especial expresó en febrero su preocupación por las amenazas que recibió el<br />

ciudadano ecuatoriano identificado a través del usuario digital “Crudo Ecuador” –quien divulgaba sátiras y<br />

críticas a través de las redes sociales Facebook y Twitter– luego de que hubiera señalamientos de condena<br />

por parte de altas autoridades de gobierno de ese país. También instó al Estado de Ecuador a tener en cuenta<br />

las consecuencias que pueden tener las declaraciones estigmatizantes por parte de funcionarios de gobierno<br />

en la vida e integridad de las personas y a actuar con urgencia para velar por la seguridad del usuario detrás<br />

de "Crudo Ecuador" 713 .<br />

540. A través de diversos programas televisivos de "Enlace Ciudadano", el presidente de Ecuador,<br />

Rafael Correa, expresó su descontento con las publicaciones de "Crudo Ecuador" –así como con otras de<br />

usuarios de redes sociales que lo insultaban– y exhortó a los ciudadanos a que ayuden a develar su identidad<br />

para luego exponerlo frente al pueblo. También instó a que la población le envíe mensajes a través de Internet<br />

709<br />

Fundamedios. 12 de junio de 2015. Medios rechazan acusaciones de funcionarios de gobierno de supuesta conspiración<br />

desestabilizadora; Ecuador inmediato. 12 de junio de 2015. Ecuavisa y Teleamazonas rechazan acusaciones de conspiración contra el<br />

Gobierno; El Universo. 12 de junio de 2015. Ecuavisa y Teleamazonas rechazan acusaciones del Gobierno.<br />

710<br />

CIDH. Informe Anual 2010. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo II (Evaluación sobre el<br />

Estado de la Libertad de Expresión en el Hemisferio). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 5. 7 de marzo de 2011. Párr. 206-207; CIDH. Informe Anual<br />

2009. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo II (Evaluación sobre el Estado de la Libertad de Expresión<br />

en el Hemisferio). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 51. 30 de diciembre de 2009. Párr. 156 y 206.<br />

711<br />

CIDH. Informe Anual 2009. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Capítulo III (Marco Jurídico<br />

Interamericano del Derecho a la Libertad de Expresión). OEA/Ser.L/V/II. Doc. 51. 30 de diciembre de 2009. Párr. 32.<br />

712<br />

Corte IDH. Caso Ríos y otros Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de enero<br />

de 2009. Serie C No. 194. Párr. 139; Corte IDH. Caso Perozo y otros Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.<br />

Sentencia de 28 de enero de 2009. Serie C No. 195. Párr. 151.<br />

713<br />

CIDH. Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. 25 de febrero de 2015. Comunicado de prensa R17/15. Relatoría<br />

Especial insta a Ecuador a velar por la seguridad de ciudadano detrás de "Crudo Ecuador" y manifiesta preocupación por señalamiento de<br />

altas autoridades.<br />

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