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el resultado evidente y disvalioso de autocensura, tanto para el afectado como para otros potenciales críticos<br />

de la actuación de un servidor público” 1258 .<br />

D. Reformas legales<br />

992. Según información recibida por la Relatoría Especial, el 6 de agosto se presentó ante el<br />

Congreso de la República un anteproyecto de ley que “Reglamenta la Carrera Profesional del Periodista y del<br />

Reportero Gráfico en Panamá” 1259 . El texto al que pudo tener acceso la Relatoría Especial, dispone que “[p]ara<br />

poder ejercer la profesión los profesionales del periodismo panameños deberán: a) poseer título de<br />

Licenciatura en Periodismo, Licenciatura en Comunicación Social; o bien de Maestría o Doctorado en<br />

cualquiera de las disciplinas o especialidades que existen en la comunicación social, otorgados por una<br />

universidad nacional pública o privada del país, o bien que su título haya dio revalidado legalmente en la<br />

Universidad de Panamá, como ente normativo en materia académica universitaria; y b) poseer Certificación<br />

Profesional emitida por la Comisión Técnica Académica de Periodismo” 1260 .<br />

993. Asimismo, establece que “[c]on respecto a aquellos panameños que están ejerciendo, sin<br />

haber culminado sus estudios del año 2010 en adelante, deberán culminar sus estudios en un máximo de<br />

cinco años, para poder seguir ejerciendo; o bien, aquellos que no hayan culminado sus estudios previo al año<br />

2010, se les considerará para efectos de su certificación profesional, contar con una certificación del medio<br />

que avale su ejercicio profesional por un período ininterrumpido de 10 años (2015)”. Determina que “[e]n el<br />

caso de aquellos panameños que lo estén ejerciendo empíricamente, y no cumplan con lo establecido en el<br />

párrafo anterior, no podrán ser objetos de los beneficios de esta ley” 1261 .<br />

994. El anteproyecto de ley fue rechazado por organizaciones de la sociedad civil y trabajadores<br />

de medios de comunicación, ya que “viola derechos fundamentales sobre libertad de pensamiento y de<br />

expresión” 1262 . Según lo informado, el 15 de octubre el proyecto de ley había sido retirado por su promotor, el<br />

diputado Juan Moya 1263 .<br />

995. La Relatoría Especial recuerda al Estado que esta materia fue abordada en detalle por la<br />

Corte Interamericana en la Opinión Consultiva sobre la Colegiación Obligatoria de Periodistas OC-5 emitida en<br />

el año 1985 1264 . En dicha opinión, la Corte Interamericana explicó que el periodismo – por su estrecha<br />

relación con la libertad de expresión – “no puede concebirse simplemente como la prestación de un servicio<br />

profesional al público mediante la aplicación de conocimientos adquiridos en una universidad, o por quienes<br />

están inscritos en un determinado colegio profesional (como podría suceder con otros profesionales)”. Así,<br />

1258<br />

Corte IDH. Caso Tristán Donoso Vs. Panamá. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de enero<br />

de 2009. Serie C No. 193. Párr.129.<br />

1259<br />

Congreso de la República de Panamá. Sin Fecha. Ante-Proyecto de Ley que “Reglamenta la Carrera Profesional del<br />

Periodista y del Reportero Gráfico en Panamá”. Disponible en: Archivo de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión; Crítica. 28<br />

de julio de 2015. Presentan anteproyecto que regula ejercicio del periodismo.<br />

1260<br />

Congreso de la República de Panamá. Sin Fecha. Ante-Proyecto de Ley que “Reglamenta la Carrera Profesional del<br />

Periodista y del Reportero Gráfico en Panamá”. Disponible en: Archivo de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión; Crítica. 28<br />

de julio de 2015. Presentan anteproyecto que regula ejercicio del periodismo.<br />

1261<br />

Congreso de la República de Panamá. Sin Fecha. Ante-Proyecto de Ley que “Reglamenta la Carrera Profesional del<br />

Periodista y del Reportero Gráfico en Panamá”. Disponible en: Archivo de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión; Crítica. 28<br />

de julio de 2015. Presentan anteproyecto que regula ejercicio del periodismo.<br />

1262<br />

Sociedad Interamericana de Prensa. 5 de agosto de 2015. Preocupación en Panamá por contenido restrictivo de iniciativa de<br />

ley; Crítica/EFE. 6 de agosto de 2015. Caricaturistas repudian ley de periodismo; El Nuevo Diario. 3 de agosto de 2015. Partido en el<br />

Gobierno propone duras restricciones al periodismo en Panamá.<br />

1263<br />

La Vanguardia. 16 de octubre de 2015. Diputado proponente retira polémico proyecto de ley de periodismo en Panamá;<br />

Terra. 15 de octubre de 2015. Diputado proponente retira polémico proyecto de ley de periodismo en Panamá; El Día/EFE. 16 de octubre<br />

de 2015. Diputado proponente retira polémico proyecto de ley de periodismo en Panamá; El Nuevo Diario. 15 de octubre de 2015. Retiran<br />

en Panamá anteproyecto que limitaba ejercicio del periodismo a extranjeros.<br />

1264<br />

Corte IDH. La Colegiación Obligatoria de Periodistas (Arts. 13 y 29 Convención Americana sobre Derechos Humanos).<br />

Opinión Consultiva OC-5/85 de 13 de noviembre de 1985. Serie A No. 5.<br />

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