ruptura 2
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RUPTURA | Una Revista Interdisciplinaria de Análisis Jurídico 7<br />
BALANCE DE DERECHOS *<br />
Daniel Mendonca **<br />
1. Pesos y balances<br />
Bajo formas diversas, los teóricos del derecho se han ocupado recurrentemente de los<br />
conflictos de derechos y de su resolución mediante el método del balance. En tiempos modernos,<br />
este método quedó arraigado, en la teoría y en la práctica jurídicas, por influencia<br />
de Roscoe Pound y su Sociological Jurisprudence. Pound concebía a los intereses como demandas,<br />
individuales o grupales, que los seres humanos tratan de satisfacer y que, por<br />
consiguiente, deben ser tenidas en cuenta para la regulación de las relaciones humanas.<br />
Tales intereses, por supuesto, advertía Pound, pueden entrar en conflicto o competición y,<br />
por consiguiente, resulta necesario imaginar principios de valoración de intereses que permitan<br />
decidir acerca del peso que debe acordarse en cada caso concreto a los diferentes<br />
intereses en pugna 1 .<br />
Más recientemente, Ronald Dworkin ha tratado el tema bajo la forma de colisión de<br />
principios, concebidos éstos como estándares morales generadores de derechos y obligaciones.<br />
Según Dworkin, los principios pueden conducir, en una situación específica, a soluciones<br />
contrarias. En tal caso, dice Dworkin, un principio prevalecerá sobre otro, aunque<br />
ello no significa que el principio derrotado no sea un principio del sistema jurídico considerado,<br />
porque en el caso siguiente, cuando las consideraciones contrarias no existan o no<br />
tengan el mismo peso, el principio puede ser decisivo para este caso. Los principios tienen,<br />
en la concepción de Dworkin, como rasgo esencial, una dimensión de peso o importancia y,<br />
por ello, cuando dos principios colisionan, quien debe resolver el conflicto debe tener en<br />
*<br />
Este trabajo desarrolla aspectos sustanciales de la conferencia que dictara el Prof. Daniel Mendonca<br />
en Montevideo. El mismo había aparecido previamente en la Revista de Ciencias Sociales, nº 45, Valparaíso,<br />
[2000] Número Especial “Sobre el razonamiento jurídico”, pp. 643-654. Agradecemos al Prof. Mendonca<br />
la autorización para reproducirlo en Ruptura.<br />
**<br />
Profesor de la Universidad Católica (Asunción) y Pompeu Fabra (Barcelona).<br />
1<br />
Pound, R. 1941, 312-3.