13.10.2012 Views

coremun

coremun

coremun

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

P.O. 14 DE DICIEMBRE DE 2005.<br />

PRIMERO.- Las presentes modificaciones entrarán en vigor a partir del día<br />

siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.<br />

SEGUNDO.- Se derogan las demás disposiciones que sean incompatibles con el<br />

presente Acuerdo.<br />

TERCERO.- Los registros o refrendos pendientes de resolución, se tramitarán y<br />

resolverán de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes al momento de<br />

su solicitud.<br />

P.O. 15 DE FEBRERO DE 2006.<br />

PRIMERO.- La presente actualización del Capítulo 25 del Código Reglamentario<br />

para el Municipio de Puebla, entrará en vigor al día siguiente al de su publicación<br />

en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.<br />

SEGUNDO.- Se abrogan todas las disposiciones que se opongan al presente<br />

Capítulo.<br />

TERCERO.- Se deberán elaborar los “Lineamientos Generales para la<br />

Administración Documental y Transferencia de Archivos Administrativos al Archivo<br />

General Municipal de Puebla”.<br />

CUARTO.- Deberá integrarse el Comité de Protección Civil para el Archivo<br />

General Municipal, que hace referencia el párrafo segundo del artículo 1708 del<br />

Presente Capítulo.<br />

QUINTO.- Deberá conformarse el Comité Técnico de Archivos Administrativos y<br />

Semiactivos, referido en el artículo 1703 del presente Capítulo.<br />

SEXTO.- En caso de muda del acervo que resguarda el Archivo General<br />

Municipal, deberá trasladarse con la debida diligencia y medidas de seguridad y<br />

técnicas que par el caso se requiera, a fin de no poner en riesgo la integridad de<br />

los documentos, bajo la supervisión de la Secretaría General y con el visto bueno<br />

del Archivo de la Nación y del Estado.<br />

P.O. 17 DE FEBRERO DE 2006.<br />

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTICULO 1336 Y SE ADICIONAN<br />

LOS ARTICULOS 1336 BIS Y 1343 BIS.<br />

...

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!