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Artículo 41.- En las Sesiones extraordinarias sólo se tratarán los asuntos listados<br />

en el orden del día.<br />

Artículo 42.- El orden del día de las Sesiones extraordinarias y solemnes se<br />

ajustará a lo establecido en este Capítulo y en la ley Orgánica Municipal.<br />

Artículo 43.- Las Sesiones de Cabildo serán públicas salvo en los siguientes<br />

casos:<br />

I. Cuando el Ayuntamiento acuerde que un asunto por su contenido deba tratarse<br />

con reserva, el Presidente Municipal ordenará se desaloje el recinto y declarará<br />

que se abre la Sesión Privada;<br />

II. Cuando el público asistente no guarde el orden, en cuyo caso el Presidente<br />

Municipal los invitara abandonar el recinto, pudiendo utilizar la fuerza pública para<br />

tal efecto reanudando la Sesión únicamente con los miembros del Ayuntamiento; y<br />

III. Cuando lo determine el Cabildo.<br />

Artículo 44.- A las sesiones públicas concurrirán quienes deseen hacerlo, pero en<br />

todo caso deberán guardar el orden y abstenerse de hacer manifestaciones<br />

ruidosas u ofensivas.<br />

Artículo 45.- En el caso de la fracción primera del artículo 43 los miembros del<br />

Ayuntamiento, estarán obligados a guardar su contenido sin perjuicio de la<br />

responsabilidad civil, penal o administrativa en que pudiera incurrir quien lo<br />

divulgara.<br />

Artículo 46.- Las Sesiones durarán tres horas sin perjuicio de que puedan<br />

prolongarse a solicitud de cualquier Regidor por el tiempo necesario, previo<br />

acuerdo de la mayoría de los integrantes del Cabildo.<br />

Artículo 47.- La suspensión procederá una vez concluido el punto<br />

correspondiente del orden del día que se hubiese iniciado antes del término<br />

señalado.<br />

Artículo 48.- Por acuerdo del Cabildo, se podrá declarar como permanente una<br />

Sesión:<br />

I. Cuando a juicio de sus miembros el asunto o asuntos que la motivaron exijan la<br />

prolongación indefinida de la misma;<br />

II. Cuando exista en el Municipio un estado de emergencia que lo amerite.

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