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V. Contratación: El acto que, mediante la emisión del nombramiento respectivo,<br />

formaliza la relación jurídico-laboral entre el servidor público y la Administración<br />

Pública Municipal;<br />

VI. Desempeño: Es una actividad individual o de grupo, que representa el nivel de<br />

alcance de los objetivos y metas institucionales por parte del individuo o grupo en<br />

función de sus habilidades, capacidades y adecuación al puesto;<br />

VII. Dirección: A la Dirección del Servicio Profesional de Carrera, adscrita a la<br />

Secretaría de Administración Municipal del H. Ayuntamiento de Puebla o la Unidad<br />

Administrativa que tenga a su cargo tales funciones;<br />

VIII. Inducción: Al proceso de adaptación e integración del personal de nuevo<br />

ingreso a la dependencia, entidad y/o al organismo municipal;<br />

IX. Nombramiento: Documento mediante el cual se otorga el puesto en la<br />

administración pública municipal, el cual indicará el cargo y la unidad a la que<br />

estará adscrita, expedido en términos de la Ley Orgánica Municipal;<br />

X. Planeación de Personal: Al proceso de identificación de necesidades de<br />

puestos y Servidores Públicos en los aspectos cuantitativos y cualitativos, para el<br />

logro de los objetivos de las dependencias, entidades y organismos públicos<br />

municipales;<br />

XI. Plaza: A la disposición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más<br />

de un Servidor Público a la vez; que tiene una adscripción determinada y que está<br />

respaldada presupuestalmente;<br />

XII. Políticas Generales: A los criterios que emita el Consejo Directivo para el<br />

cumplimiento del objeto del presente Capítulo;<br />

XIII. Procedimientos generales: A los procesos sistematizados, que emita el<br />

Consejo Directivo para el cumplimiento del objeto del presente Capítulo;<br />

XIV. Promoción: Al otorgamiento de una responsabilidad y retribución económica<br />

mayor a la que percibe el Servidor Público, fundamentada en la evaluación del<br />

desempeño de acuerdo con los rangos salariales que correspondan a su puesto,<br />

conforme a los tabuladores autorizados;<br />

XV. Puesto: A la unidad de trabajo unitaria e impersonal, caracterizada por tener<br />

funciones, responsabilidades y un perfil profesional específico que recaen en el<br />

Servidor Público que lo ocupe;<br />

XVI. Reclutamiento: Al proceso de captación e identificación de candidatos que<br />

cubran el perfil establecido para un puesto vacante o de nueva creación, a través<br />

de fuentes externas o internas;

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