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I. Un Director que será el Secretario Técnico del Consejo Municipal de Protección<br />

Civil;<br />

II. Los Subdirectores que sean necesarios;<br />

III. Los Jefes de Departamento que sean necesarios;<br />

IV. El Grupo Operativo; y<br />

V. El personal administrativo que determine el Presupuesto de Egresos de la<br />

Tesorería Municipal.<br />

(REFORMADO PÁRRAFO PRIMERO, P.O. 6 DE DICIEMBRE DE 2006)<br />

Artículo 394.- Corresponde a la Unidad Operativa Municipal de Protección Civil,<br />

además de las atribuciones contenidas en este Capítulo:<br />

I. Elaborar y presentar al Consejo el Programa Municipal de Protección Civil;<br />

II. Establecer los planes y programas básicos de prevención, auxilio y apoyo frente<br />

a la eventualidad de desastres provocados por los diversos tipos de agentes;<br />

III. Elaborar el catálogo de recursos movilizables con base en la información que<br />

proporcionen los miembros integrantes del Consejo Municipal, verificar su<br />

existencia, coordinar su agilización en casos de emergencia;<br />

(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008)<br />

IV. Realizar las acciones necesarias para garantizar la protección de las personas,<br />

instalaciones y bienes de interés común en caso de riesgo colectivo, catástrofe o<br />

calamidad pública;<br />

(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008)<br />

V. Realizar visitas de inspección en todo tipo de establecimientos tanto industriales<br />

como comerciales o de servicios, incluyendo a los centros botaneros, bares,<br />

cantinas, centros de entretenimiento y cualquier otro que determine la Autoridad<br />

competente, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las medidas de<br />

seguridad dispuestas para los mismos;<br />

VI. Proponer medidas que garanticen el mantenimiento o pronto restablecimiento<br />

de los servicios públicos fundamentales en los lugares afectados por desastres;<br />

VII. Planificar la protección civil en sus aspectos normativos, operativos, de<br />

coordinación y participación con el objeto de consolidar un nuevo orden municipal<br />

de protección civil;

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