13.10.2012 Views

coremun

coremun

coremun

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

(ADICIONADO, P.O. 17 DE FEBRERO DE 2006)<br />

Artículo 2190 Ter.- Cuando tenga que suspenderse una pelea porque alguno de<br />

los boxeadores contendientes se presente en menos o bien, excedido del peso<br />

pactado, ya sea de división o de contrato, el boxeador responsable y su<br />

representante si lo tiene, estarán obligados a indemnizar justamente a quienes<br />

resulten perjudicados con la suspensión.<br />

(ADICIONADO, P.O. 17 DE FEBRERO DE 2006)<br />

Artículo 2191.- Los boxeadores que vayan a tomar parte en una función de Box,<br />

serán pesados en el recinto oficial de la Comisión, una sola vez ocho horas antes<br />

de que dé comienzo el espectáculo; en el concepto de que la báscula oficial estará<br />

a su disposición dos horas antes del registro oficial del pesaje; para que si lo<br />

desean, controlen su peso.<br />

(ADICIONADO, P.O. 17 DE FEBRERO DE 2006)<br />

Artículo 2191 Bis.- El peso de los boxeadores se verificará con toda exactitud<br />

estando únicamente en calzoncillo, y sólo se permitirá estar presentes a dicha<br />

ceremonia de pesaje al Comisionado en turno, el Jefe del Servicio Médico o el<br />

auxiliar que haya designado, el Secretario de la Comisión, el representante de la<br />

Empresa, los representantes de los boxeadores y los periodistas y fotógrafos de<br />

prensa que lo soliciten.<br />

(ADICIONADO, P.O. 17 DE FEBRERO DE 2006)<br />

Artículo 2192.- Una vez terminado el peso de los boxeadores que figuren en un<br />

programa, el Secretario de la Comisión formulara la documentación relacionada<br />

con la función, la que entregará al Director de Encuentros, quien la distribuirá en la<br />

Arena en la forma que corresponde. Una vez terminada la función, dicha<br />

documentación será recogida pro el Comisionado en turno, para ser entregada a<br />

la Comisión en la Sesión inmediata posterior, con su informe respectivo.<br />

(ADICIONADO, P.O. 17 DE FEBRERO DE 2006)<br />

Artículo 2192 Bis.- Cuando un boxeador que figure en el programa respectivo,<br />

inclusive los anunciados como emergentes no se presente a la ceremonia del<br />

peso, será multado o suspendido por la Comisión, según la categoría del faltante y<br />

la importancia de la pelea en que vaya a tomar parte.<br />

(ADICIONADO, P.O. 17 DE FEBRERO DE 2006)<br />

Artículo 2193.- Los boxeadores que tomen parte en una función antes de<br />

pesarse, deberán ser examinados por el Jefe del Servicio Médico de la Comisión o<br />

el auxiliar que éste designe, con objeto de que dictamine sobre las condiciones<br />

físicas y de salud que guarden, expidiendo el certificado médico correspondiente.<br />

Los boxeadores por su parte, al momento de firmar el contrato o ratificar su firma<br />

si ya lo hubieran firmado, manifestarán bajo protesta de decir verdad y asentarán<br />

constancia en el mismo, de que se encuentran en buenas condiciones físicas y de<br />

salud, así como su aceptación de participar en la misma.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!