13.10.2012 Views

coremun

coremun

coremun

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Artículo 1237.- Con el fin de prevenir siniestros y daños a los inmuebles<br />

localizados en la Zona de Monumentos, se deberá cumplir con lo siguiente:<br />

a) Todos los nuevos proyectos de construcción o adecuación en los edificios<br />

existentes, o bien de restauración en los edificios históricos, deberán cumplir con<br />

las normas de seguridad contra incendios para que puedan ser aprobados.<br />

b) Queda prohibida la instalación y funcionamiento de establecimientos destinados<br />

a la venta de gasolina y otros combustibles de naturaleza similar derivados del<br />

petróleo.<br />

c) Queda prohibido el transporte de materiales y equipos de alto riesgo dentro de<br />

los límites de la Zona de Monumentos, salvo las vías autorizadas para tal fin, en el<br />

horario y con las medidas de seguridad determinadas por la autoridad competente.<br />

d) Queda prohibida la instalación provisional de tanques de gas en el área pública,<br />

sin la autorización de la autoridad competente.<br />

Artículo 1238.- No se autoriza el acceso a la Zona de Monumentos a vehículos de<br />

carga pesada, salvo en los casos que las autoridades competentes lo permitan en<br />

horarios específicos.<br />

Artículo 1239.- Se autorizará el ingreso de vehículos-cisterna a la Zona para<br />

transportar agua potable y gas doméstico, en los horarios específicos que las<br />

autoridades competentes estipulen.<br />

DE LOS TRÁMITES PARA LLEVAR A CABO PROYECTOS DE OBRA EN LA<br />

ZONA DE MONUMENTOS<br />

(REFORMADO, P.O. 04 DE JUNIO DE 2012)<br />

Artículo 1240.- Para el trámite de solicitud de autorización o licencia de cualquier<br />

obra regulada en este apartado, el interesado deberá cumplir ante la Dirección,<br />

con los requisitos establecidos en el presente Capítulo, presentando para tal<br />

efecto solicitud de acuerdo a lo siguiente.<br />

(REFORMADO, P.O. 04 DE JUNIO DE 2012)<br />

a) Solicitud en la que se incluya nombre y domicilio del solicitante, del propietario y<br />

perito restaurador responsable de la obra, así como su aceptación para la<br />

realización de inspecciones por parte de la Dirección.<br />

b) Planta de localización del predio en la manzana correspondiente a escala uno a<br />

quinientos, incluyendo número oficial, superficie, linderos e indicaciones de las<br />

áreas libres y construidas.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!