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Siempre que los períodos de los modos naturales difieran al menos 10 por ciento<br />

entre sí. Para las respuestas en modos naturales que no cumplen esta condición<br />

se tendrá en cuenta el acoplamiento entre ellos. Los desplazamientos laterales así<br />

calculados habrán de multiplicarse por o para calcular efectos de segundo orden,<br />

así como para verificar que la estructura no alcanza ninguno de los estados límite<br />

de servicio a los que hace referencia el presente Capítulo.<br />

Análisis paso a paso<br />

Cuando se emplee el método de cálculo paso a paso de respuestas a temblores<br />

específicos, se podrá acudir a acelero gramas de temblores reales o de<br />

movimientos, independientes entre sí, cuyas intensidades sean compatibles con<br />

los demás criterios que consignan estas normas, y que se tengan en cuentan el<br />

comportamiento no lineal de las estructuras y las incertidumbres que haya en<br />

cuanto a sus parámetros.<br />

Revisión por cortante basal<br />

Si con el método de análisis dinámico que se haya aplicado se encuentra que, en<br />

la dirección que se considera, loa fuerza cortante basal V es menor que 0.8 aW/Q,<br />

se incrementarán todas las fuerzas de diseño y desplazamiento laterales<br />

correspondiente en un (sic) porción tal que V iguale a este valor.<br />

Efectos Tridireccionales<br />

Cualquiera que sea el método dinámico de análisis que se emplee, los efectos de<br />

movimientos horizontales y verticales del terreno en direcciones ortogonales se<br />

combinarán como especifica en relación con el método estadístico de análisis<br />

sísmico. Igualmente aplicables son las demás disposiciones relativas al cálculo de<br />

fuerzas internas y desplazamiento laterales señaladas en el presente Capítulo,<br />

con las salvedades que señala el presente artículo.<br />

(REFORMADO, P.O. 04 DE JUNIO DE 2012)<br />

Artículo 1005.- INTERACIÓN SUELO ESTRUCTURA. En el diseño sísmico de<br />

construcciones ubicadas en terreno tipo II ó III se admitirá tener en cuenta los<br />

efectos de interacción suelo-estructura. Cuando así se proceda, se aplicarán los<br />

métodos estáticos y dinámicos de análisis sísmico estipulados en los artículos<br />

1003 y 1004, respectivamente, junto con las disposiciones del presente artículo.<br />

Sólo se justificará tomar en cuenta los efectos de interacción cuando se cumpla la<br />

condición.<br />

βsTe<br />

< 20<br />

He<br />

(1005.1)

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